Boletines/Balcarce

Decreto Nº1612/17

Decreto Nº 1612/17

Balcarce, 07/06/2017

Visto

Que es facultad del Departamento Ejecutivo establecer multas graduables en hasta un cien por ciento (100 %) del monto de los gravámenes más accesorios, según Ordenanza Fiscal Vigente en artículo 110º a 112º y,

Considerando

Que el/ los contribuyentes y/o responsables omitieron pagar tributos municipales en concepto de Tasa por Servicios Urbanos Municipales ; Tasa por Alumbrado Publico;

EL  INTENDENTE      MUNICIPAL        DEL   PARTIDO,   en   uso   de  las atribuciones  que  le confiere      La  Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades  y sus modificatorias,

ARTÍCULO 1º: Fíjase  una multa  del 20% sobre la totalidad de los tributos dejados   de  abonar   sobre   las  deudas   que  mantienen  el/los contribuyente/s titulares del/los inmueble/s que a continuación se detallan:

PARTIDA MUNICIPAL Nº

TITULAR Y/O RESPONSABLE

TASAS Y/ O DERECHOS ADEUDADOS

13728/00

Diez Juan C.(Corbalán Miguel A.)

Ubicación de los Inmuebles:

  • Tasa por Servicios Urbanos

Municipales

Calle 45 y 34 Nº 1046

(7620)-Balcarce Pcia. Buenos Aires Domicilio Postal Calle 30 Nro. 877 (7620)-Balcarce

Pcia. Buenos Aires

 

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, tomen razón a sus efectos las Secretarías Municipales, Contaduría, Asesoría Legal, Dirección de Recursos, Dirección de Fiscalización, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.