Boletines/Balcarce
Decreto Nº 1611/17
Balcarce, 07/06/2017
Visto
Que es facultad del Departamento Ejecutivo establecer multas graduables hasta el cien por ciento ( 100 % ) del monto de las obligaciones fiscales omitidas, según Ordenanza Fiscal Vigente en artículo 110º a 112º y,
Considerando
Que el contribuyente que se detalla adeuda tributos en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO, en uso de las atribuciones que le confiere La Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias,
ARTÍCULO 1º: Fijase una multa del 20% sobre la totalidad de los tributos dejados de abonar sobre las deudas que mantienen el/los contribuyente/s titulares del/los inmueble/s que a continuación se detallan:
PARTIDA MUNICIPAL Nº |
TITULAR Y/O RESPONSABLE |
TASAS Y/O DERECHOS PERIODOS ADEUDADOS |
100729/00 |
BOSCH CESAR. Domicilio del Inmueble: |
Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal |
Calle ll3 Nº 732 (7620)- Balcarce. PCIA.·- BUENOS AIRES |
ARTICULO 2º: Cúmplase, comunluese, tomen razón a sus efectos las Secretarías Municipales, Contaduría, Asesoría Legal, Dirección de Recursos, Dirección de Fiscalización, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.