Boletines/Balcarce

Decreto Nº1595/17

Decreto Nº 1595/17

Balcarce, 07/06/2017

Visto

El funcionamiento del Servicio de Clínica Medica del Hospital Subzonal  de Balcarce, y

Considerando

Que se hace necesario designar un profesional medico, a los fines de asegurar la prestación del servicio y dar  una mejor respuesta  a este requerimiento  de la salud de la población;

Que se sugiere a la Dra. Burna Vanesa, quien viene prestando servicios en forma satisfactoria en la Guardia de Emergencia, con la figura de contrato de locación.

Que  corresponde en consecuencia dictar el acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las facultades que le confiere la L.O.M.;

ARTICULO  1°:  Déjese  sin  efecto  el  contrato  celebrado  entre  el  Hospital  Subzonal de Balcarce y la Dra. Burna Vanesa mediante Decreto 0482/17 de fecha 20 de febrero de 2017, · a partir del 31 de mayo de 2017.

ARTÍCULO  2°:  Designase  a la Dra. BURNA  Vanesa  Corina DNI.  21.908.223 Leg. 1471 en  Planta  Temporaria  del  Organismo  Descentralizado  Hospital Subzonal de Balcarce, con imputación presupuestaria que corresponda, por el periodo comprendido entre el 01 de junio de  2017 al 09 de junio  de  2017,  ambas  fechas inclusive, con remuneración equivalente a Personal Profesional CPH - Asistente- 36 semanales, distribuidas Scio. de Emergencias 24 hs y Clínica Medica 12 hs. y guardia pasivas en Clínica Medica  si correspondiera.

ARTÍCULO 3°: Designase a la Dra. BURNA Vanesa Corina DNI. 21.908.223 Leg. 1471 en  Planta  Temporaria  del  Organismo  Descentralizado  Hospital Subzonal de Balcarce, con imputación presupuestaria que corresponda, por el periodo comprendido entre el 10 de junio de 2017 al 31 de diciembre de  2017,  ambas  fechas  inclusive, con remuneración equivalente a Personal Profesional CPH - Asistente- 24 semanales,  a cumplir  en el Scio.   Emergencias y la realización  de las guardias  pasivas  en el Servicio de Clínica Mediéa del Onganismo Descentralizado.

ARTICULO  4°:   El  agente  designado  podrá  finalizar   su  prestación   antes  de  la  fecha indicada en el mismo, cuando sus servicios no sean necesarios por existir personal suficiente o por designación de otro agente.

ARTICULO  5°:  Cúmplase,  comuni'quese  y tomen  razón  a  sus efectos  las Secretarías Municipales, Oficina de Personal, Tesorería y contaduría  del  Hospital Subzonal  de Balcarce, los interesados y dése al Registro Oficial   de Decretos.