Boletines/Balcarce
Decreto Nº 1595/17
Balcarce, 07/06/2017
Visto
El funcionamiento del Servicio de Clínica Medica del Hospital Subzonal de Balcarce, y
Considerando
Que se hace necesario designar un profesional medico, a los fines de asegurar la prestación del servicio y dar una mejor respuesta a este requerimiento de la salud de la población;
Que se sugiere a la Dra. Burna Vanesa, quien viene prestando servicios en forma satisfactoria en la Guardia de Emergencia, con la figura de contrato de locación.
Que corresponde en consecuencia dictar el acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las facultades que le confiere la L.O.M.;
ARTICULO 1°: Déjese sin efecto el contrato celebrado entre el Hospital Subzonal de Balcarce y la Dra. Burna Vanesa mediante Decreto 0482/17 de fecha 20 de febrero de 2017, · a partir del 31 de mayo de 2017.
ARTÍCULO 2°: Designase a la Dra. BURNA Vanesa Corina DNI. 21.908.223 Leg. 1471 en Planta Temporaria del Organismo Descentralizado Hospital Subzonal de Balcarce, con imputación presupuestaria que corresponda, por el periodo comprendido entre el 01 de junio de 2017 al 09 de junio de 2017, ambas fechas inclusive, con remuneración equivalente a Personal Profesional CPH - Asistente- 36 semanales, distribuidas Scio. de Emergencias 24 hs y Clínica Medica 12 hs. y guardia pasivas en Clínica Medica si correspondiera.
ARTÍCULO 3°: Designase a la Dra. BURNA Vanesa Corina DNI. 21.908.223 Leg. 1471 en Planta Temporaria del Organismo Descentralizado Hospital Subzonal de Balcarce, con imputación presupuestaria que corresponda, por el periodo comprendido entre el 10 de junio de 2017 al 31 de diciembre de 2017, ambas fechas inclusive, con remuneración equivalente a Personal Profesional CPH - Asistente- 24 semanales, a cumplir en el Scio. Emergencias y la realización de las guardias pasivas en el Servicio de Clínica Mediéa del Onganismo Descentralizado.
ARTICULO 4°: El agente designado podrá finalizar su prestación antes de la fecha indicada en el mismo, cuando sus servicios no sean necesarios por existir personal suficiente o por designación de otro agente.
ARTICULO 5°: Cúmplase, comuni'quese y tomen razón a sus efectos las Secretarías Municipales, Oficina de Personal, Tesorería y contaduría del Hospital Subzonal de Balcarce, los interesados y dése al Registro Oficial de Decretos.