Boletines/Balcarce

Decreto Nº1594/17

Decreto Nº 1594/17

Balcarce, 07/06/2017

Visto

El  programa  "Tercera  Edad" del  Ministerio  de  Desarrollo  Social  de la Provincia de Buenos Aires, y

Considerando

Que tiern por objeto elevar la calidad de vida de las personas de la tercera edad atendiendo sus demandas y necesidades,

Que a la fecha el Ministerio de Desarrollo Social de la Pcia de Buenos Aires ha transferido al Hospital Subzonal la suma de pesos cuarenta y dos mil ($42.000) destinados a cubrir los gastos de atención de pacientes internados en el Centro Geriátrico y Hostal de los Abuelos,

Que el A11. 119 de la LOM establece que el Poder Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones o creaciones de partidas que se financien con recursos afectados,

Que    se     deben    realizar     las     adecuaciones     presupuestarias correspondientes,

EL     INTENDENTE          MUNICIPAL    DEL     PARTIDO    DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias.

ARTICULO  1: Amplíase el  Cálculo de Recursos  vigente  para  el  ejercicio 2017  del Hospital      Municipal     Subzonal   de   Balcarce  en  la Partida:

17.5.01.03- Becas Ministerio de Desarrollo Social Peía. Bs. As.­ Tercera Edad.

$ 42.000,00

 

TOTAL                     $ 42.000,00

ARTICULO  2:  Ampliase        el   Presupuesto   de   Gastos   vigente para  el ejercicio 2017 del Hospital Municipal Subzonal de Balcarce en la Partida:

JURISDICCION: HOSPITAL DR. FOSSATI

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 132 DE ORIGEN PROVINCIAL

CATEGORIA  PROGRAMA TICA: 17.00.00  -   INTERNACIONES GERIATRICAS

2.0.0.0 Bienes de Consumo

2.1.0.0 Productos Alimenticios agropecuarios y forestales                        $ 28.000,00

JURISDICCION:  HOSPITAL  DR. FOSSATI

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 132 DE ORIGEN PROVINCIAL

CATEGORIA  PROGRAMATICA:  92.00.00 -   DEUDA FLOTANTE

7.0.0.0   Servicios  de Deuda y disminución  de otros pasivos

7.6.0.0 Disminución de cuentas y documentos a pagar                            $ 14.000,00

 

TOTAL                 $ 42.000,00

 

ARTICULO  3:  Cúmplase,       comuníquese,     tomen     razón     a     sus     efectos     las Secretarías Municipales, Dirección, Contaduría, Tesorería, Administración del Hospital Subzonal, interesados y dése copia al Registro Oficial.