Boletines/Balcarce
Decreto Nº 1591/17
Balcarce, 07/06/2017
Visto
La puesta en marcha del "Programa ARTE URBANO", el cual tendrá inicio en el mes de Junio, desarrollándose distintas actividades en los meses venideros, Y
Considerando
Que desde la actual gestión de Gobierno se ha programado desarrollar actividades artisticas para fortalecer y fomentar la educación artística, como así también embellecer distintos espacios de nuestra ciudad a través del desarrollo del "Arte Urbano"
Que en relación a lo expuesto, administrativamente deben establecerse las categorías y los valores de los sponsor que deberán abonar quienes efectúen publicidad en alguna de las formas previstas sobre las actividades planificadas.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus Modificatorias.
ARTICULO 1º-: Fíjase los valores que deberán abonar por Categorías de Sponsors quienes efectúen publicidad en lo referente al "PROGRAMA ARTE URBANO", el cual tendrá inicio en el mes de Junio desarrollándose distintas actividades en los meses venideros , según las siguientes propuestas:
ORO:
COSTO: $10.000.-
PLATA:
COSTO: $5.000.-
BRONCE:
COSTO: $2.500.-
PLATINO:
1) Menciones y agradecimientos en notas radiales, televisivas y graficas. COSTO: $1.000.
ARTICULO 2"-: Cúmplase, Comuníquese, tomen razón sus efectos las Secretarías de Hacienda, Presupuesto,Registración Contable, Dirección Recursos, Dirección de Juventud y dése copia al Registro Oficial de decretos.