Boletines/Balcarce
Decreto Nº 1581/17
Balcarce, 05/06/2017
Visto
El Articulo 100º, Inc. b-1) de la Ordenanza Fiscal 177/2016, el cual establece una Reducción en la Tasa por Servicios Urbanos Muniicipales para personas de Escasos Recursos, Jubilados, Pensionados y/o Discapacitados. Asimismo el Inc. d) se establece la Reducción de la Tasa por Alumbrado Público a los contribuyentes comprendidos en el inciso "b" del artículo 100° de la presente Ordenanza
La Ord.82/93 que determina que la Municipalidad subvencionará los servicios de agua y cloacas en los casos antes citados y
Considerando
Que los contribuyentes han presentado en la Dirección de Recursos la documentación requerida en tiempo y forma, según lo dispuesto por los Decreto Municipal Nº 1398/2017 y Decreto Municipal Nº 1399/2017, para poder acceder a tal beneficio.
Que la citada dependencia ha analizado el cumplimiento de los requisitos para cada solicitud presentada.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias.
ARTICULO 1º: Otórgase a partir de la fecha el beneficio de Reducción en la Tasa por Servicios Urbanos Municipales, Subsidio por el Consumo mínimo de Agua y/o Cloacas y la Reducción de la Tasa por Alumbrado Público a los siguientes inmuebles detallados por su número de Partida Municipal.
PARTIDA |
TITULAR |
DECLARACION |
NºEXPTE. |
10440/15 |
PACHECO RAMONA DELIA |
79 |
484/B/2017 |
10727/00 |
CRECENTI JORGE GUSTAVO |
80 |
484/B/2017 |
494/00 |
LOPEZ ISABELINO |
81 |
484/B/2017 |
11664/00 |
CABRAL MIGUEL A. |
82 |
484/B/2017 |
116/00 |
TOLOZA MARTIR R. |
83 |
484/B/2017 |
6936/32 |
FERNANDEZ ANA |
84 |
484/B/2017 |
9004/00 |
FORTEMARIA |
85 |
484/B/2017 |
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, tornen razón a sus efectos las Secretaria de Hacienda, Dirección de Recursos, los interesados y desé copia al Registro Oficial de Decretos