Boletines/Balcarce
Decreto Nº 1570/17
Balcarce, 05/06/2017
Visto
Las disposiciones de los puntos 26 y 27 de los Criterios Prácticos de RAFAM, aprobados por Resolución Nº635/08 del Honorable Tribunal de Cuentas y
Considerando
Que los responsables del Sistema de Presupuesto informan cuales son las cuentas que han de dotarse ele presupuesto,
Que el Secretario de Hacienda presta conformidad con lo actuado.
Que se hace necesario realizar el acto Administrativo correspondiente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus Modificatorias,
ARTICULO 1 º: Crease y Amplíase el Cálculo de Recursos vigente para el Ejercicio 2017 del Hospital Municipal Subzonal de Balcarce en la Partida:
JURISDICCION: 1120000001- HOSPITAL DR. FOSSATI Recursos
35.1.01.01- Caja y Banco $ 2.182.686,22
TOTAL $ 2.182.686,22
ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio 2017 del Hospital Municipal Subzonal de Balcarce en la Partida:
JURISDICCION: 1120000001- HOSPITAL DR. FOSSATI
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 120 - Recursos Propios
ESTRUCTURA PROGRAMATICA: 92.00.00. Deuda Flotante
7 .6.0.0 - Disminución de cuentas a pagar $ 2.182.686,22
TOTAL $ 2.182.686,22
ARTICULO 3º: Autorízase a la Contaduría del Hospital y responsables de Presupuesto a realizar en la Contabilidad la Registración que corresponda, en
concordancia con los artículos precedentes.