Boletines/Balcarce

Decreto Nº1557/17

Decreto Nº 1557/17

Balcarce, 01/06/2017

Visto

El Expediente 965/B/2017, referente a la "ADQUISICIÓN BIENES DE CAPITAL PARA SER EMPLEADOS EN OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MEDIANTE LA MODALIDAD DE CONTRATO LEASING CON PROVINCIA LEASING S.A", Y; 

Considerando

Que el 23 de junio de 2016 el Honorable Concejo Deliberante, mediante Ordenanza 87/16, autorizó al Poder Ejecutivo Municipal a formalizar contratos de locación de Leasing con Provincia Leasing S.A, en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido en el Articulo Nº 156º-lnciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, con destino dichas contrataciones a equipamiento municipal de bienes de capital para ser empleados en obra y servicios públicos 
Que en la Ordenanza citada autoriza a afectar los créditos presupuestarios de Ejercicios Futuros, de acuerdo al Artículo 273° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, como así también, que dichas contrataciones a efectuar se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que Provincia Leasing estipule. 

Que según Decreto Municipal Nº 1498 de fecha 28 de Junio de 2016 se promulgó dicha Ordenanza.

Que el Intendente Municipal ha ratificado la vigencia de la misma, aclarando que a la fecha no ha sufrido modificación alguna 

Que el Poder Ejecutivo Municipal gestionó y obtuvo el Leasing Bancario según los mandamientos de la

citada Ordenanza, culminando la operatoria con la firma de Contrato Nº 0010545PLPOOO de Leasing Financiero Mobiliario 

que dicho Contrato consta de Condiciones Generales y de Condiciones Particulares 
Que en sus Condiciones Particulares, se especifica como Bien a adquirir un Camión IVECO 170 E22

CS 4X2 
Que el mismo se celebró por un plazo de 48 meses, siendo el valor de cada Canon de Pesos Cuarenta y Siete Mil Ciento setenta y Dos con Ochenta y Cuatro centavos ($47.172,84) mas IV A, lo que hacen un Total de Pesos Cincuenta y Siete Mil Setenta y Nueve con Catorce Centavos ($ 57.079,14) mensuales, 
estando estipulado que a partir de la 2° cuota el valor se encontrará sujeto a variaciones en función de la evolución de la Tasa Nominal 
Que el valor de Opción a Compra será de Pesos Setenta y Un Mil Quinientos Veintidós con Setenta y Dos centavos ( $71.522, 72) 
Que por dicha operación se debitarán Gastos Operativos($ 45.44,75) y Comisiones Contractuales($ 48.463,79), siendo el total por el Contrato Nº 0010545PLPOOO de Pesos Noventa y Tres Mil Ochocientos Ocho con Cincuenta y Cuatro centavos ($ 93,808.54) 
Que de acuerdo a lo firmado, el Banco de la Provincia de Bs As debitará dichos montos mes a mes Que es voluntad del Departamento Ejecutivo equipar al Parque Vial con un camión, en virtud de brindar un mejor servicio a la comunidad, lo que redundará en beneficio hacia el desarrollo y crecimiento de nuestra economía, nuestro bienestar; que para finalizar la operatoria es necesario realizar el acto administrativo correspondiente

POR ELLO 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias 

ARTICULO 1º-: Apruébase el Contrato de Leasing Financiero Mobiliario Nº 0010545PLPOOO, suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y Provincia Leasing S.A, con fecha 29 de Mayo de 2017, siendo el objeto la adquisición del Bien: CAMION IVECO 170 E22, siendo el valor de cada Canon ( 48 meses) de Pesos Cuarenta y Siete Mil Ciento setenta y Dos con Ochenta y Cuatro centavos ($47.172,84) mas IV A, lo que hacen un Total de Pesos Cincuenta y Siete Mil Setenta y Nueve con Catorce Centavos ($ 57.079,14) mensuales, estando estipulado que a partir de la 2º cuota el valor se encontrará sujeto a variaciones en función de la evolución de la Tasa Nominal 
ARTICULO 2°-: Apruébase los gastos operativos y comisiones contractuales correspondientes al Contrato de Leasing Financiero Mobiliario Nº 0010545PLPOOO, por un total de Pesos Noventa y Tres Mil Ochocientos Ocho con Cincuenta y Cuatro centavos ($ 93,808.54), dicho monto compuesto por pesos Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres con Setenta y Nueve Centavos ($ 48.463,79 - IVA incluido) correspondientes a Gastos de Comisión y pesos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro con Setenta y Cinco centavos ($ 45.344,75 - IVA incluido) correspondientes a Gastos Operativos 
ARTICULO 3º-: Dispóngase que los gastos que demande lo previsto en los Artículos 1 º y 2º del presente, deberán imputarse a: 

JURISDICCION: Secretaria de Obras y Servicios Públicos 
UNIDAD EJECUTORA: Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos CATEGORIA PROGRAMATICA: 27.00.00 - Reconstrucción, Mantenimiento y Conservación de Calles IMPUTACION DEL GASTO: 3 .2.2.0 -Alquiler de maquinarias, equipos y medios de transporte AFECTACION 22.5.01.12 Fondo Solidario Provincial 
FINANCIAMIENTO: 132 - Origen Provincial 

ARTICULO 4º-: Insístase ante Contaduría Municipal la erogación dispuesta en los Artículos 1 º, 2° y 3° del presente, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos, 118º, 186º y 187º de la ley Orgánica de las Municipalidades, Articulo 9° del Reglamento de Contabilidad y Artículos 32° y 40° del Decreto Provincial Nº 2980/00 sin partida

ARTÍCULO 5°-: El presente decreto se realiza Ad-Referendum de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante. 
ARTICULO 6º-: Cúmplase, comuníquese, y tomen razón a sus efectos las Secretarías Municipales, Presupuesto, Registración Contable, Contaduría, Tesorería, Honorable Concejo Deliberante y dése al Registro Oficial de Decretos.