Boletines/Balcarce

Decreto Nº1550/17

Decreto Nº 1550/17

Balcarce, 01/06/2017

Visto

Que es facultad del Departamento Ejecutivo establecer multas graduables hasta el cien por  ciento  (  100 % ) del monto  de las obligaciones  fiscales omitidas, según Ordenanza Fiscal Vigente en artículo 110° a 112° y,

Considerando

Que el contribuyente que se detalla adeuda tributos en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL   PARTIDO, en uso de las atribuciones  que  le  confiere  La  Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades  y  sus modificatorias,

ARTÍCULO  1°: Fijase  una multa  del 20%  sobre la totalidad de los tributos dejadosde  abonar  sobre  las  deudas  que  mantienen   el/los  contribuyente/s titulares del/los inmueble/s que a continuación se detallan:

PARTIDA MUNICIPAL  No

TITULAR Y/O RESPONSABLE

TASAS  Y/O DERECHOS PERIODOS ADEUDADOS

101177/01

CALDARARO MARTA(GUAL FERNANDO.

Domicilio del Inmueble:

Gral. Mariano Acha N° 3122. (7600)- Mar del Plata.

PCIA.- BUENOS AIRES

  • Tasa Por

Conservación,

Reparación  y Mejorado de la Red Vial Municipal

 

 

 

 

       

ARTICULO   2°:   Cúmplase, comuníquese, tomen   razón a sus efectos las Secretarías Municipales,  Contaduría,  Asesoría  Legal,  Dirección ción, Interesados y dése copia al Registro Oficial.