Boletines/Tandil

Decreto Nº2536/2019

Decreto Nº 2536/2019

Tandil, 12/07/2019

Visto

Lo dispuesto por los artículos 6° y 90° inciso 5) de la Ordenanza Fiscal vigente; y los artículos 12º, 13º y 14º de la Ordenanza Impositiva vigente.

Considerando

Que en virtud de las actuaciones de referencia el contribuyente PAZ SANTIAGO ALEJANDRO con CUIT 20-34605488-4, cuyo local está ubicado en ALEM 971 de la ciudad de Tandil, se ha comprobado que ha iniciado sus actividades sin haber cumplido con la obligación de tramitar la correspondiente Habilitación Municipal e inscripción en la Tasa Unificada de Actividades Económicas.

Que de la documentación obrante surge que ha iniciado actividad bajo el código de rubro “SERVICIOS DE PELUQUERIA” con fecha de inicio de actividades 03 de junio de 2019.

Que el contribuyente solicita la inclusión en el mecanismo de tributación establecido en el artículo 12º inciso 5º A) de la Ordenanza Impositiva vigente sobre “adecuación de mínimos”, por tratarse de “varios contribuyentes en el mismo lugar”.

 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Dese de Alta de Oficio como contribuyente de la Tasa Unificada de Actividades Económicas incluida en el Título IV de la Ordenanza Fiscal vigente, no constituyendo habilitación municipal, en virtud de la normativa vigente, al siguiente:

Titular:

PAZ SANTIAGO ALEJANDRO

Domicilio Comercial:

ALEM 971

CUIT

20-34605488-4

Rubro:

SERVICIOS DE PELUQUERIA

Alícuota:

5,50

Mínimo:

$ 650

Fecha Inicio Actividad:

03 de junio de 2019

 

Artículo 2º: Notifíquese al contribuyente que se hará efectiva las inscripción en la Tasa Unificada de Actividades Económicas, bajo el número de CUIT, domicilio comercial, fecha de inicio de actividades y código de rubro detallados en el artículo 1º. Dicha inscripción en la Tasa Unificada de Actividades El Municipio se reserva el derecho de verificar la real fecha de inicio de actividades al otorgar la habilitación municipal.

Artículo 3º: Categorícese de oficio al contribuyente en el Régimen General, en el código de actividad mencionado en el artículo 1º, declarando y tributando la Tasa Unificada de Actividades Económicas conforme dicho régimen, a partir del alta de oficio y hasta el ingreso del trámite de habilitación. A tal fin, deberá informar las bases imponibles mensuales devengadas desde la fecha de inicio de actividades. Ante la omisión de informar el Departamento Ejecutivo está facultado para determinar de oficio la cuantía de los ingresos derivados de la actividad y/o de aplicación de los mínimos previstos por las Ordenanzas Fiscal e Impositiva con vigencia desde la fecha de inicio de actividades.

Artículo 4º: Inclúyase al contribuyente en el mecanismo de tributación establecido en el artículo 12º inciso 5º A) de la Ordenanza Impositiva vigente sobre “adecuación de mínimos”, por tratarse de “varios contribuyentes en el mismo lugar”, siendo el obligado principal el contribuyente 27-16736118-3, con CUIT CORSI NORMA BEATRIZ, y cuenta de Tasa Unificada de Actividades Económicas N° 28155/000.

Artículo 5º: Notifíquese al contribuyente que contra el presente acto podrá interponer los descargos correspondientes, recursos administrativos de reconsideración, aclaratoria y revocatoria, en el plazo de quince (15) días hábiles desde la notificación, ante la Dirección de Ingresos Públicos de la Secretaría de Economía y Administración de este Municipio, sita en Belgrano N° 417 de la ciudad de Tandil.

Artículo 6º: Notifíquese del presente al contribuyente en los domicilios comercial o fiscal a través de la Dirección de Ingresos Públicos, con entrega de una copia del mismo.

Artículo 7º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 8º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Ingresos Públicos, Unidad de Habilitaciones, Unidad Descentralizada de Impuestos Provinciales (UDIP), Dirección de Rentas y Finanzas, Departamento de Ordenamiento Territorial, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, y oportunamente remítase nuevamente a la Dirección de Ingresos Públicos, que procederá a su archivo.

Nº: 2536/19

Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)