Boletines/Tandil
Decreto Nº 2181/2019
Tandil, 14/06/2019
Visto
El reclamo administrativo presentado mediante Expediente Nro. 19-00331-00 por el Sr. Lucas Matías Gómez, D.N.I 32.435.357; y
Considerando
Que de las actuaciones no resultan acreditados los extremos esgrimidos por el peticionante.
Que la Dirección de Vialidad se pronunció afirmando la colocación de un vallado provisorio ante la toma de conocimiento de la existencia del bache.
Que deviene elemental para efectuar un reclamo de estas características, la relación de causalidad entre el hecho y el daño cuya reparación se pretende.
Que existe un aporte causal del propio damnificado en la producción del perjuicio, que destruye la relación causal entre el Municipio de Tandil y el daño.
Que la Secretaría Legal y Técnica de este Municipio ha tomado la intervención de su competencia, aconsejando la desestimación del reclamo indemnizatorio con fundamentos jurídicos fácticos y legales, que se comparten y hacen propios.
Que por todo ello corresponde el dictado del acto administrativo que cierre esta instancia.
Por todo ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
DECRETA
Artículo 1º:Desestímase el reclamo administrativo efectuado mediante Expediente N° 19-00331-00 por el Sr. Lucas Matías GÓMEZ, D.N.I 32.435.357.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 3º:Regístrese, notifíquese al interesado, dése al “Boletín Municipal”. Tome nota la Secretaría Legal y Técnica, la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas y oportunamente archívese.-
Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)