Boletines/Tandil
Decreto Nº 2157/2019
Tandil, 13/06/2019
Visto
El Programa Acce.DER (Programa Municipal de Acceso a la Justicia) instituido por Ordenanza Nº 15616.
Que el Dr. O’BRIEN JUAN CARLOS ha tomado intervención en los autos “LESCANO ALEJANDRA BELEN c/ LOPEZ CARLOS ADRIAN s/ PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569)”en trámite ante el Juzgado 1era instancia 2 de Familia, y “LESCANO ALEJANDRA BELEN c/ LOPEZ CARLOS ADRIAN s/ IPP: IIP1831/2019 – UFI VIOLENCIA VICT. LESCANO ALEJANDRA BELEN” de trámite ante el Juzgado de 1era Instancia 1 Penal, ambas del Departamento Judicial de Azul con sede en Tandil, todo ello en los términos del art. 4 I inc. a y 5 inc. 1, en el marco del programa Acce.DER (Programa Municipal de Acceso a la Justicia) instituido por la Ordenanza Municipal N° 15.616.
Considerando
Que al respecto se han expedido la Contadora General y el Director de Presupuesto.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorizase a Contaduría General a extender orden de pago a favor del Dr. O’ BRIEN JUAN CARLOS – CUIT 20-17356016-9 por la suma de Pesos ocho mil quinientos catorce ($ 8.514,00) importe que se corresponde a gastos, y Pesos veintinueve mil setecientos noventa y nueve ($ 29.799,00) en el marco del Programa Acce.DER (Programa Municipal de Acceso a la Justicia) instituido por Ordenanza Nº 15616.
Artículo 2°: La erogación respectiva se imputará con cargo a la partida 3.4.3.0. “Servicios Técnicos y Profesionales – Jurídicos”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.12. – Secretaría de Protección Ciudadana, Programa 36 – Asistencia a la Víctima, Actividad 01 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso. Fuente de Financiamiento 131 – Recursos Afectados de Origen Municipal, Rubro de Recursos 12.1.28.01.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Protección Ciudadana.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: ATILIO V. DELLA MAGGIORA (Secretario de Protección Ciudadana) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)