Boletines/Tandil
Decreto Nº 2494/2019
Tandil, 10/07/2019
Visto
La Licitación Pública Nº 20-01-19 “Construcción de veredas para Urbanización de Barrio La Movediza”.
Considerando
Que mediante Decreto N° 1918 de fecha 28 de mayo de 2019 se dispone el llamado a la presente Licitación, fijándose un presupuesto oficial de Pesos veintiocho millones ciento sesenta y siete mil ochocientos cuarenta ($ 28.167.840,00).
Que se han realizado las publicaciones exigidas por la legislación, a saber: días 3 y 4 de junio de 2019 en el Boletín Oficial, en el Diario Nueva Era y El Eco de Tandil.
Que la Dirección de Obras Públicas solicita postergar la fecha de apertura a requerimiento de los proveedores justificado en que los feriados no otorgan el tiempo suficiente para gestionar los contratos de garantías; propone en la misma como fecha de apertura el 24 de junio de 2019. Consta a fs. 84.
Que mediante Decreto N° 2164 de fecha 14 de junio de 2019 se modifica la fecha de apertura, quedando en definitiva el 24 de junio a las 11:00 hs. Consta a fs. 86
Que el 24 de junio de 2019 se llevó a cabo el Acto de Apertura en presencia de los funcionarios habilitados a tal efecto, procediéndose a la apertura de las ofertas presentadas.
Que la Dirección de Compras y Suministros con posterioridad a la apertura, solicitó a las casillas de correo constituidas en conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones la documentación faltante de varios proveedores, otorgando un plazo de 48 hs., habiendo cumplimentado todos con la excepción de Hormigonera Chivilcoy S.A.
Que previo al análisis completo de la documentación, la Comisión de Preadjudicación considera que por la complejidad y cantidad de proveedores cotizantes, analizar en primer término las propuestas económicas, y determinar conforme a la conveniencia cual sería la mejor ponderación para la ejecución de la obra y en base a dicha evaluación realizar el estudio de los sobres.
Que existe una diferencia de magnitud entre los valores unitarios de las distintas propuestas con excepción de dos de ellas, a saber: Idinet Consulting Group S.A. y Tenue Empresa Constructora S.A., por lo que la Comisión de Preadjudicación considera que se debería proceder a una adjudicación por la totalidad de módulos a construir (31) entre las empresas que cotizan dicha alternativa, con la excepción de la firma Ernesto Tarnousky S.A. por ser su valor propuesto muy superior a lo ofertado por las otras empresas.
Que la Comisión solo realiza la evaluación de cumplimiento de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones de aquellas empresas que cotizan por la totalidad de los módulos por ser económicamente convenientes sus propuestas en relación a las demás alternativas que prevén una menor cantidad de módulos presentadas.
Que de acuerdo con la evaluación precedente y dentro de las limitaciones o salvedades realizadas oportunamente, se puede considerar que las ofertas presentadas por las firmas: Idinet Consulting Group S.A., Tenue Empresa Constructora S.A. y Plantel S.A. son ofertas válidas a los efectos de la presente licitación.
Que teniendo en cuenta la evaluación desarrollada y considerando lo expresado como limitantes para la estimación en parte del análisis, se puede considerar que las
empresas que han presentado oferta: Plantel S.A. y Tenue Empresa Constructora S.A. en ese orden de mérito poseen capacidad técnico – financiera suficiente para la obra Construcción de veredas para Urbanización Barrio La Movediza
Que la Comisión de Preadjudicación en virtud del artículo 27° considera conforme a orden de mérito la oferta básica obligatoria presentada por la firma Tenue Empresa Constructora S.A. por Pesos veintidós millones noventa y seis mil ochocientos ($ 22.096.800,00) para la realización de la obra objeto de la presente licitación, inferior al presupuesto oficial encontrándose dentro de los valores de mercado y por tanto económicamente razonable.
Que ha tomado debida intervención el Director de Compras y Suministros y la Dirección de Presupuesto.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Adjudicase la Licitación Pública Nº 20-01-19 “Construcción de veredas para Urbanización de Barrio La Movediza” a la firma Tenue Empresa Constructora S.A., CUIT: 30-71010346-8, por la suma total de Pesos veintidós millones noventa y seis mil ochocientos ($ 22.096.800,00).
Artículo 2º: La erogación a producirse será apropiada a la partida 4.2.2.0 “Construcciones en bienes del dominio público”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.05. – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Programa 28 – Urbanización B° La Movediza, Proyecto 78 – Construcción de veredas, rampas de accesibilidad, del Presupuesto de Gastos en vigencia. Fuente de Financiamiento 133 – Recursos Afectados de Origen Nacional, Rubro de Recursos: 22.2.01.20 hasta la suma de $ 6.769.000,00 y Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal hasta la suma de $ 15.327.800,00.
Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma: Arq. ROBERTO OSCAR GUDAGNA (Secretario de Planeamiento y Obras Publicas) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)