Boletines/Tandil

Decreto Nº2428/2019

Decreto Nº 2428/2019

Tandil, 03/07/2019

Visto

 El pedido de recomposición salarial efectuado por el Sindicato de Obras Sanitarias;

Considerando

Que este Departamento Ejecutivo considera justo y razonable otorgar un incremento salarial al personal dependiente del Municipio de Tandil, ante la necesidad de combatir los efectos de la inflación existente;

 Que en esa inteligencia se llevaron a cabo varias reuniones a fin de arribar a un acuerdo;

Que se ha convenido un incremento salarial reflejado en el Acta Acuerdo celebrada el 28 de junio del corriente año entre el Departamento Ejecutivo y la Entidad Gremial,

Lo dispuesto en el art. 12 de la Ordenanza nº 16.390.

Que se han expedido las distintas reparticiones de la comuna.

 Que en razón de lo manifestado resulta necesario el dictado del presente acto administrativo.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Increméntase a partir del 1° de agosto del corriente año el valor base del Nivel l del Convenio Colectivo de Trabajo N° 945/2008 “E” vigente al 1º de marzo de 2019, en un seis por ciento (6%), quedando fijado en la suma de pesos catorce mil novecientos treinta y seis  con cuarenta y tres centavos ($ 14.936,43).

Artículo 2°: Increméntase a partir del 1° de octubre del corriente año el valor base del Nivel l del Convenio Colectivo de Trabajo N° 945/2008 “E” vigente al 1º de marzo de 2019, en un seis por ciento (6%), quedando fijado en la suma de pesos quince mil setecientos veinticinco con ocho centavos ($ 15.725,08).

Artículo 3°: Increméntase a partir del 1° de diciembre del corriente año el valor base del Nivel l del Convenio Colectivo de Trabajo N° 945/2008 “E” vigente al 1º de julio de 2019, en un seis por ciento (6%), quedando fijado en la suma de pesos dieciséis mil quinientos setenta y tres con noventa y cuatro  centavos ($ 16.573,94).

Artículo 4°: Apruébanse las escalas salariales resultantes de los incrementos dispuestos por los artículos precedentes, que como Anexo I, II y III forman parte del presente decreto.

Artículo 5°: Regístrese, notifíquese, tomen conocimiento la Dirección General de Obras Sanitarias, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

Firma: Ing. OSCAR TERUGGI (Secretario de Gobierno) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)