Boletines/Tandil
Decreto Nº 2349/2019
Tandil, 01/07/2019
Visto
Lo establecido por el Capítulo VI Art. 107º bis Inc. 1, de la Ordenanza Fiscal,
Considerando
La solicitud de exención de pago del Derecho de Publicidad y Propaganda 2019, presentada por el CLUB INDEPENDIENTE – CUIM 30-66723606,
Que los importes devengados por tal concepto, corresponden a la existencia de cuatro (4) carteles, ubicados dentro del predio de la institución deportiva, de distintas dimensiones instalados con fines publicitarios
Que los mismos ofrecen publicidad de distintas empresas, organizaciones, industrias y se encuentran ubicados en la sede de la institución o en su campo de deportes, sitos en Av. Avellaneda 745 de Tandil,
Que según lo declarado por la institución solicitante, el producido en concepto de alquiler de los espacios destinados a publicidad, es utilizado para fines específicos de la entidad, tales como subsidiar cuotas sociales,
Que la institución se encuentra exenta del pago de las tasas municipales Retributiva de Servicios, Servicios Sanitarios y Tasa Unificada de Actividades Económicas para 2019, habiendo presentado la documentación exigida a tales efectos,
El informe de la Dirección de Rentas y Finanzas,
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA
Artículo 1º - Exímese en un 100 % del pago del DERECHO DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA correspondiente a 2019, al CLUB INDEPENDIENTE – CUIM 30-66723606 Cuenta 17581/000, conforme lo dispuesto por el artículo 107º bis inc. 1) de la Ordenanza Fiscal vigente.
Artículo 2º- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Administración
Artículo 3º- REGISTRESE, COMUNIQUESE, dése al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente Archívese.
Firma: Lic. DANIEL BINANDO (Secretario de Economía y Administración) - Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI (Intendente Municipal)