Boletines/Mercedes

Decreto Nº2082/2019

Decreto Nº 2082/2019

Mercedes, 30/08/2019

Visto

Lo actuado en el expediente administrativo N° 4805/2019, caratulado Secretaría de Salud s/ Convenio entre la Facultad de Odontología y la Municipalidad de Mercedes, y;

Considerando

Que con fecha 3 de abril de 2019 se suscribió con la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de La Plata un Acuerdo Marco con el fin de establecer un programa de colaboración recíproca para la implementación de actividades de postgrado, investigación y desarrollo de interés común, en el campo de la Odontología Social y comunitaria.

Que dicho documento, en su cláusula DECIMA, establece una duración de dos años contados a partir de la fecha de suscripción del mismo y que se renovará automáticamente a su vencimiento por períodos iguales, comprometiendo fondos, además del ejercicio corriente, de los ejercicios 2020 y 2021.

Que en la cláusula CUARTA menciona que las tareas a la que dará lugar este Acuerdo Marco deberán ser instrumentadas por Programas específicos denominados Anexo Operativos en los cuales se determinarán los detalles de ejecución, financiación, disponibilidad de persona y todo otro elemento necesario para el cumplimiento de los objetivos propuestos en los mismos.

Que con fecha 3 de abril se suscribió el Anexo Operativo para el Acuerdo Marco, donde se establece el diagnóstico, objetivos, actividades y  estrategias, recursos humanos, espacio físico, materiales y recursos económico-financieros.

Que por Resolución 560/2019 de la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de La Plata, de fecha 15/08/2019 se hace mención a los recursos económicos financieros para cumplimiento del Anexo Operativo, a través del pago de becas de práctica odontológica socio comunitarias I y II.

Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase, ad referendum del Honorable Concejo Deliberante, el Acuerdo Marco que vincula al Municipio de Mercedes con la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de La Plata, por el programa de colaboración recíproca en el campo de la Odontología Social y comunitaria, y la afectación de fondos que corresponden a ejercicios futuros.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, regístrese, gírese a la Contabilidad Municipal a fin que ordene el pago comprometido para el corriente ejercicio y cumplido, dése intervención al Departamento Deliberativo.