Boletines/Mercedes
Resolución Nº 350/2019
Mercedes, 23/08/2019
Visto
Lo solicitado en el Expedientes Nº 1195/19, caratulado: “Legarreta Fernanda s/ Reintegro por doble pago tasa de alumbrado”; y
Considerando
Que el Art. 278 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Ley 12076), y la legislación concordante aplicable, establecen que las deudas de los contribuyentes prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse, habiendo transcurrido largamente el plazo prescripto.
En tales condiciones, este Departamento Ejecutivo.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º. DECLARAR PRESCRIPTA la deuda correspondiente a las cuotas 02/12, 03/12, 04/12, 05/12 y 06/12; y 01/13 a 06/13 por las Tasas de Servicios Generales; como así también las cuotas 03/12, 04/12, 05/12 y 06/12; y 01/13 a 06/13 de Servicios Sanitarios; del inmueble ubicado en calle 103 Nº 1152 de esta ciudad, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción: 2, Sección: A, Chacra: 57, Manzana: 57 H, Parcela: 8, Subparcela: 4. Control Nº: 5122224.
ARTÍCULO 2º. Dése intervención al Centro de Cómputos a los fines de efectivizar la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º. Notifíquese al peticionante. Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.