Boletines/Pilar

Decreto Nº2803/19

Decreto Nº 2803/19

Pilar, 12/09/2019

Corresponde  al  Expediente  Nº 7435/2019

Pilar,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal Nº 4089-7435-2019, y

Considerando

Que, el expediente referido ha sido iniciado por la Dirección de Economía Social perteneciente a la Subsecretaria de Desarrollo Social para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 1.450 m2 de  “Construcción de Veredas” en una sola mano de la calles; Suiza entre H.G. Martin y Rio Primero, Rio Primero entre Suiza y Nicaragua, Nicaragua entre Florencia Batista  y Rio Primero, Florencio Batista entre México y Nicaragua en el Barrio Rex en la Localidad de Pte. Derqui, y en las calles: Alma Fuerte entre O´Higgins y Sucre, Alma Fuerte entre  Sucre y Jose de la Quintana en el barrio Lumi y las calles; Benito Lynch entre Ruta 234 y Las Madreselvas, Benito Lynch entre Las Madreselvas y Las Magnolias, Benito Lynch entre Las Magnolias y  Las Gardenias, Benito Lynch entre Las Gardenias y Las Azucenas y Benito Lynch entre Las Azucenas y Las Camelias en el Barrio Las Lilas,  de la ciudad Del Pilar, en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley Nº 6769/58).

Que, la presente contratación, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 132º: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo, podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(…) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”

Que, por Decreto del Departamento Ejecutivo nº 2086 de fecha 01/07/2019 obrante a fs. 143 a 145, 170 a 210,  y 273 del expediente municipal Nº 6341/2019, se cumplimentó con establecido por el artículo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.

Que, atento al informe obrante a fs. 42 de la Subsecretaria de Desarrollo Social Lic. Jesica Bortule sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Ltda., con domicilio legal en la calle Av. Constitución Nº 2808, Localidad Lagomarsino, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencionadas.

Que, a fs.  54  al 97 obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios intervinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que le acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58

Por Ello,

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1°: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle Suiza entre H.G. Martin y Rio Primero, Rio Primero entre Suiza y Nicaragua, Nicaragua entre Florencia Batista  y Rio Primero, Florencio Batista entre México y Nicaragua en el Barrio Rex en la Localidad de Pte. Derqui, y en las calles: Alma Fuerte entre O´Higgins y Sucre, Alma Fuerte entre  Sucre y Jose de la Quintana en el barrio Lumi y las calles; Benito Lynch entre Ruta 234 y Las Madreselvas, Benito Lynch entre Las Madreselvas y Las Magnolias, Benito Lynch entre Las Magnolias y  Las Gardenias, Benito Lynch entre Las Gardenias y Las Azucenas y Benito Lynch entre Las Azucenas y Las Camelias en el Barrio Las Lilas, de la ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Limitada, CUIT Nº 30-71263770-2, por la suma de Pesos tres millones doscientos once mil setecientos cincuenta con 00/100 ($3.211.750,00).-

Artículo 2°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000 Subsecretaria de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 1.1.0 Tesoro Municipal, Categoría Programática 25.77 Construcción de Veredas, Unidad Ejecutora 81 Dir. De Economía Social, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas, del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 3°: Dése al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.-