Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 3693
Coronel Rosales, 26/10/2017
ORDENANZA
Corresp. Expte BC-22/17
Artículo 1º: Deróguese la Ordenanza 3564.-
Artículo 2º: Determinase que las canteras de arena, canto rodado, y/o tosca que se encuentren en áreas no rurales del Partido de Coronel Rosales, cuyos titulares no posean deudas con la Municipalidad y cuenten con el Certificado de Productor Minero de Tercera Categoría al 31 de diciembre de 2017, podrán continuar con las tareas extractivas hasta el 31 de diciembre de 2019, debiendo cesar sus actividades en esa fecha.-
Artículo 3º: Ratificase la prohibición de habilitación de nuevas canteras en aéreas no rurales, como así también en la franja de territorio comprendida entre el frente marítimo del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales y una línea imaginaria situada a dos mil metros (2.000mts) hacia tierra adentro, contados desde el espaldón de playa o su proyección, determinada esta última por criterios geomorfológicos y/o biológicos.-
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
Firmado Pablo Pujol Vicepresidente 1º
Gabriel León Secretario Legislativo