Boletines/Coronel Rosales

Ordenanza Nº3674

Ordenanza Nº 3674

Coronel Rosales, 24/08/2017

ORDENANZA

Corresp. Expte. BBC-93/17

Artículo 1º: Dispónese la siguiente modificación en el capítulo denominado “Sector A (CENTRO)” del Anexo 1 de la Ordenanza Nº 2835 al que se le incorporará en su redacciones en lo que respecta a la circulación de la siguiente calle:

Sector A (Centro)

El tránsito se realizará en sentido único de circulación en las siguientes calles de la ciudad: AVDA. COLÓN, desde Quintana hasta Villanueva, HUMBERTO 1º desde Villanueva hasta 12 de Mayo y desde Islas Malvinas hasta Italia, PRESIDENTE ROCA desde Italia hasta Islas Malvinas y desde 12 de Mayo hasta Villanueva, El tránsito de vehículos se realizará en sentido único de circulación en las siguientes calles: 25 DE MAYO desde Villanueva hasta 12 de Mayo y desde Islas Malvinas hasta Italia, 12 DE MAYO desde Buchardo hasta 25 de Mayo y desde Humberto hasta Colon, R. GUARANÍ desde 25 de Mayo hasta Buchardo, J.J. PASO, desde Quintana hasta Villanueva, 2 DE JULIO desde Urquiza hasta Bdo. de Irigoyen y de Luiggi hasta Pellegrini, BROWN desde Villanueva hasta Wimer, MURATURE, desde Jujuy hasta Villanueva, ESPORA desde Villanueva hasta Jujuy, BUCHARDO desde Jujuy hasta Rosales, AVELLANEDA desde Rosales hasta Pellegrini, PUEYRREDÓN, desde 9 de Julio hasta Rosales, RODRIGUEZ PEÑA, desde Bdo. De Irigoyen hasta 7 de marzo, URIBURU, desde 7 de Marzo hasta Bernardo de Irigoyen, SAENZ PEÑA, desde Bdo. De Irigoyen hasta Pellegrini y de 9 de Julio hasta 7 de Marzo, ESTRADA, desde Mitre hasta 9 de Julio, 17 DE AGOSTO, desde San Martín hasta Mitre, e INDEPENDENCIA desde Mitre hasta Pellegrini. BRAMUGLIA desde De la Madre hasta Los Autonomista.

Artículo 2º: Dispónese la siguiente incorporación en el capítulo denominado “Sector A (CENTRO)” del Anexo 2 de la Ordenanza Nº 2835 Transversales a las calles anteriores (de la 1º columna):

SENTIDO DE LA CALLE              DESDE                  HASTA                 ASC.       DESC

BRAMUGLIA                               De la Madre      Los Autonomistas          *

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo adoptará las medidas necesarias a fin de proceder a colocar y/o corregir los carteles de señalización vial que resulten necesarios con la finalidad de hacer conocer a la comunidad el sentido de circulación que se dispone en la presente, a la vez de disponer las medidas de protección vial pertinentes en torno al inmueble del Jardín 910.-

Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.-

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

Firmado Pablo Pujol Vicepresidente 1º

Gabriel León Secretario Legislativo