Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 3635
Coronel Rosales, 14/03/2017
ORDENANZA
Corresp. Expte BBC-19/17
Artículo 1º: Declárase la “Emergencia de Seguridad y Servicios” del Cementerio Municipal de la Ciudad de Punta Alta por el plazo de 365 días a partir de la promulgación de la presente.
Artículo 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a la realización de las modificaciones y de todos aquellos trámites que juzgue convenientes para la obtención del apoyo económico Provincial y Nacional necesario para la restauración y recuperación del predio indicado en el artículo 1º de la presente.
Artículo 3º: De forma trimestral desde la promulgación de la presente hasta el cumplimiento del plazo estipulado en el artículo 1º, el Departamento Ejecutivo deberán remitir a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante informes sobre las gestiones y/o obras realizadas en cumplimiento de la declaración de emergencia dispuesta.
Artículo 4°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a la realización de todas las gestiones que estime pertinentes a los fines de la realización de la obra de pavimentación correspondiente a la calle 25 de Mayo entre Quintana e Islas Malvinas de la ciudad de Punta Alta.
Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante dentro del plazo estipulado por el artículo 1º de la presente, los informes técnicos y/o actuaciones conducentes a los efectos de iniciar la planificación que conduzca a la apertura de un nuevo cementerio Municipal, determinado un espacio físico tentativo atento al crecimiento urbanístico del Distrito.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
Firmado Claudio Orioli Presidente
Gabriel León Secretario Legislativo