Boletines/Puan

Ordenanza Nº6144/14

Ordenanza Nº 6144/14

Puan, 10/12/2014

Corresponde al Exte. Nº 165/14

ORDENANZA

O R D E N A N Z A   Nº  6 1 4 4 / 1 4

ARTÍCULO 1º:   Modifíquese  el Artículo 1º,  de la ORDENANZA Nº 4855/09, primer  párrafo; quedando redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1º: Serán sancionados con multa al valor  de 30 litros de nafta especial, o su futuro reemplazo, establecido por la empresa YPF, y con un incremento en el  CIEN POR CIENTO (100 %), por cada reincidencia; los padres, tutores, curadores, guardadores, y todo responsable legal, de menores de 18 años de edad que se encuentren en estado de ebriedad, produciendo desordenes en la vía pública o lugares de acceso público y horarios no permitidos…”

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo  a sus  efectos y  cumplido, archívese.-

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN DE PRÓRROGA PÚBLICA, A DIEZ DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.­­-   

Stella Maris Krieger, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa