Boletines/Puan
Ordenanza Nº 6143/14
Puan, 10/12/2014
Corresponde al Exte. Nº 137/14
ORDENANZA
O R D E N A N Z A Nº 6 1 4 3 / 1 4
ARTÍCULO 1°: Créase en el ámbito de la O.M.I.C (Oficina Municipal de información al Consumidor) el programa “Educación para el Consumo Responsable”.
ARTÍCULO 2°: El programa “Educación para el consumo responsable” tiene como finalidad realizar acciones destinadas a establecer criterios para el consumo racional y difundir los derechos de los usuarios y consumidores entre los miembros de la comunidad.
ARTÍCULO 3°: El Programa tendrá como objetivos:
ARTÍCULO 4°: Para el cumplimiento de los objetivos del programa, la O.M.I.C. tendrá a su cargo:
ARTÍCULO 5°: La O.M.I.C. coordinará las acciones con el Consejo Escolar, la Jefatura Distrital y las Jefaturas de Inspección de las distintas ramas educativas para lograr buen cumplimiento de los objetivos del programa.
La O.M.I.C. podrá invitar a participar del Programa a entidades no gubernamentales comprometidas con la defensa de los derechos de los usuarios y consumidores, como también, en el marco de los convenios celebrados entre la Municipalidad de Puan con universidades que desarrollan actividades en el Distrito, acordar pasantías con los alumnos con el propósito de que brinden colaboración en la puesta en marcha del presente programa.
ARTÍCULO 6°: La O.M.I.C. dispondrá de una partida presupuestaria específica destinada a solventar los gastos necesarios para la implementación del presente programa.
ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su promulgación y a la O.M.I.C. para su conocimiento.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido, archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN DE PRÓRROGA PÚBLICA, A DIEZ DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.-
Stella Maris Krieger, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa