Boletines/Puan

Ordenanza Nº5984/14

Ordenanza Nº 5984/14

Puan, 23/04/2014

Corresponde al Expediente Nº 132/14

ORDENANZA

O R D E N A N Z A   Nº  5 9 8 4 / 1 4

ARTICULO 1°.- Créase en el ámbito del Municipio un ESPACIO RECREATIVO MUNICIPAL PARA ADULTOS MAYORES que funcionará en la localidad de Darregueira, en el marco del área de Promoción Social. 

ARTICULO 2°.- OBJETIVO GENERAL

Implementar un dispositivo dirigido a adultos mayores con exposición a diferentes grados de vulnerabilidad social y fragilización que busca generar un espacio de pertenencia y contención social diurna, mediante la implementación de un plan de actividades de multiestimulación, a la vez que se promueve el fortalecimiento institucional de organizaciones comunitarias y la gestión asociada con gobiernos locales.

ARTICULO 3°.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS POBLACIÓN BENEFICIARIA

 Adultos Mayores de la localidad de Darregueira, a partir de los 60 años de edad, que se encuentren en situación de aislamiento, soledad y en proceso de fragilización, que se propongan lograr su plena integración y participación social a través de un plan de actividades de multiestimulación.

ARTÍCULO 4°.- CRITERIOS DE SELECCIÓN

Las personas asistentes al Espacio Recreativo Municipal será de evaluación exclusiva del área de Promoción Social de la Municipalidad de Puan, en el marco del trabajo que éste realiza con otros actores de la comunidad: servicios de salud, organizaciones comunitarias, etc.

ARTÍCULO 5°.- FUNCIONAMIENTO

 El Espacio Recreativo Municipal para Adultos Mayores funcionará Lunes, Miércoles y Viernes de 9:30 a 11:30hs en el SUM del Centro Integrador Comunitario (CIC). El Espacio trabajará con  una capacidad máxima de 15 personas. (debido a la cantidad de profesores a  cargo de los talleres).

ARTICULO 6°.- PERSONAL

Para un óptimo funcionamiento se requerirán TRES (3) TALLERISTAS a cargo de la dinámica de trabajo, DOS (2) COORDINADORAS para la evaluación y seguimiento diario, UNA (1) ASISTENTE de cocina para el servicio de desayuno.

ARTICULO 7°.- PLANIFICACIÓN, EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN PERMANENTE

El trabajo de articulación personal e institucional estará a cargo de la Dirección de Promoción Social.

ARTÍCULO 8°.-  Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos  y  cumplido, archívese.-

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE. -

Stella Maris Krieger, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa