Boletines/Puan

Ordenanza Nº6255/15

Ordenanza Nº 6255/15

Puan, 08/07/2015

Corresponde al Exte. Nº 885/06   

ORDENANZA

O R D E N A N Z A   Nº  6 2 5 5 / 1 5

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 2º de la ORDENANZA Nº 4727/09, en  el título donde dice VISITANTE ILUSTRE,  debe decir:

...“VISITANTE ILUSTRE ( a nivel extranjero)”.

ARTÍCULO 2º.- Modifícase en el Artículo 3º de la ORDENANZA Nº 4727/09,  Huesped de Honor,  en su parte pertinente, donde dice, “La distinción de Huesped de Honor podrá ser otorgada a funcionarios nacionales (Presidente de la Nación), Ministros Nacionales y........ debe decir:

...“ARTÍCULO 3º.- La distinción de Huesped de Honor podrá ser otorgada a los funcionarios nacionales y provinciales (Presidente de la Nación), Ministros, Gobernadores y Legisladores de otras provincias ........” 

ARTÍCULO 3º.- Modifícase en el Artículo 5º de la ORDENANZA Nº 4727/09, Vecino Ejemplar, en su parte pertinente, donde dice, “Será concedida a aquellas personas que, en forma desinteresada, hubieran ejecutado prácticas continuadas de tipo solidario, que se destaquen por sus valores humanos, que posean carácter  ejemplificador para el conjunto de la comunidad avalados por la misma ....   debe decir:

...“ARTÍCULO 5º.- , “Será concedida a aquellas personas que, en forma desinteresada, hubieran ejecutado prácticas continuadas de tipo solidario, que se destaquen por sus valores humanos, que posean carácter  ejemplificador para el conjunto de la comunidad avalados por la misma teniendo que constatar una adhesión del 80% de instituciones de la localidad donde reside la persona a reconocer.

El título se otorgará mediante Decreto del Intendente Municipal o Resolución del HCD”....

ARTÍCULO 4º.- Modifícase en el Artículo 7º de la ORDENANZA Nº 4727/09, Embajador  del Distrito de Puan, en su  parte pertinente, donde dice, “Serán designados como Embajador/a del Distrito de Puan, aquellas...... “ debe decir ...........” La distinción otorgada mediante Decreto del Intendente Municipal y tendrá vigencia sólo porel periodo que determine el decreto. Podrá ser entregada a la Reina de la Fiesta Nacional de la Cebada Cervecera........ debe decir:

“ARTÍCULO 7º.- “Serán designados como Embajador/a del Distrito de Puan, aquellas personas que lo representen, difundiendo su cultura, historia, bellezas turisticas, etc..... “ debe decir ...........”La distinción otorgada mediante Decreto del Intendente Municipal y tendrá vigencia sólo por el periodo que determine el decreto. Podrá ser entregada a la Reina de la Fiesta Nacional de la Cebada Cervecera así como también a la Reina del Distrito de Puan y durará el tiempo que perdure su reinado”........

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus  efectos y  cumplido, archívese.- 

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A OCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL QUINCE.­

Firmado: GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. Stella Maris Krieger,  Presidente.