Boletines/Lobería
Decreto Nº 1237-19
Lobería, 31/07/2019
DESÍGNASE
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, la Ordenanza Nº 1973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16, el artículo 7º del Anexo III de la Ordenanza Nº 2.293/18, la Nota N° 44.684/19, el Expediente Nº 4066-76/16; y
Considerando
QUE, por Nota citada, Expediente Nº 4066-76/16, la Directora de Cultura de la Comuna, MARÍA GABRIELA REGGIANI, solicita la designación de Asistentes Técnicos con la carga horaria asignada y para realizar las tareas que se detallan en la parte dispositiva del presente;
QUE, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Anexo III de la Ordenanza 2.293/18 determina como unidad remunerativa de las Asistencias Técnicas, correspondientes a los Programas 18, 18, 23 y 29 de las Jurisdicciones Secretaría de Gobierno y Secretaría de Salud y Desarrollo Social, la HORA CATEDRA, con una duración de sesenta (60) minutos cada una de ellas y un valor según Decreto N° 798/19 a partir del 1º de mayo de 2019 de Pesos Trescientos Diecinueve con Veintitrés Centavos ($319,23);
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, a la Sra. ILEANA TORRES, D.N.I. Nº 24.332.579, para dictar el taller de tango, cubriendo una carga horaria de treinta y dos (32) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 2.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, a la Sra. SILVIA CRUZ, D.N.I. Nº 13.601.861, para dictar el taller de capacitación para cantantes, cubriendo una carga horaria de veinticuatro (24) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 3.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, a la Sra. CLAUDIA ASAT, D.N.I. Nº 22.748.281, para dictar el taller de diseño, indumentaria y tapicería, cubriendo una carga horaria de cuarenta (40) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 4.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. AYELÉN D’AURO, D.N.I. Nº 36.773.191, para dictar el taller de lenguaje de señas, cubriendo una carga horaria de dieciséis (16) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 5.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, al Sr. MARIO DANIEL IRIARTE, D.N.I. Nº 22.495.718, para dictar el taller de yoga, cubriendo una carga horaria de treinta y dos (32) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 6.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. ROMINA BELÉN ARGANDOÑA, D.N.I. Nº 37.218.001, para dictar el taller de violín, cubriendo una carga horaria de cuarenta (40) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 7.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. ANA LAURA CASTILLO, D.N.I. Nº 29.860.012, para dictar el taller literario, cubriendo una carga horaria de ocho (8) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 8.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. DANIELA PERNAS, D.N.I. Nº 31.554.819, para dictar el taller de estimulación cognitiva, cubriendo una carga horaria de dieciséis (16) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 9.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. XOANA ROMINA ABETE, D.N.I. Nº 31.031.674, para dictar el taller de artística, cubriendo una carga horaria de dieciséis (16) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 10.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, al Sr. CLAUDIO MARCEL FERRERO, D.N.I. Nº 16.675.274, para dictar el taller de teatro a adultos y adultos mayores, cubriendo una carga horaria de cuarenta (40) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 11.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, al Sr. FRANCO MAXIMILIANO FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 36.387.613, para dictar el taller de tango para adolescentes, cubriendo una carga horaria de dieciséis (16) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 12.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. LUCAS ADRIÁN ZOANNI, D.N.I. Nº 38.152.770, para dictar el taller de batería, cubriendo una carga horaria de veinticuatro (24) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 13.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. ROXANA ELIZABETH CALDERÓN, D.N.I. Nº 30.182.034, para dictar el taller de manualidades en el Centro Cultural de Tamangueyú, cubriendo una carga horaria de treinta y seis (36) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 14.- DESÍGNASE como Asistente Técnico Municipal, a partir del día 1º de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2019 inclusive, a la Sra. EVANGELINA CHERENSCIO, D.N.I. Nº 28.989.569, para dictar el taller de danzas folklóricas en el Centro Cultural Tamangueyú y en el Centro de Jubilados, cubriendo una carga horaria de veinticuatro (24) horas cátedras mensuales.
ARTÍCULO 15.- .- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110102000 Secretaría de Gobierno 18 Dirección de Cultura – 03 Eventos artísticos y culturales - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo" del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 16.- Notifíquese, tomen conocimiento Dirección de Cultura, Oficina de Personal, Oficina de Seguros, Contaduría, IOMA y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
CDRA. MAGDALENA DE NOIA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIA DE ECONOMÍA INTENDENTE MUNICIPAL
Y HACIENDA
DECRETO Nº 1.237-19