Boletines/General Viamonte

Decreto Nº247

Decreto Nº 247

General Viamonte, 01/07/2019

Visto

                     La nota presentada por la Directora de Cultura de la Municipalidad de General Viamonte, M. Karina PEREYRA; y

 

Considerando

                 Que, mediante la misma solicita una ayuda económica a fin de solventar el gasto que demande la Video Conferencia denominda “La Construcción del Caso: de la Interdisciplina, a la Delimitación de la Función del AT”, la cuál estará a cargo del Lic. en Psicología Gabriel PULICE, a desarrollarse el día 04 de Julio del corriente año, en el Auditorio del Complejo Casa Museo Eva Perón y esta dirigida a los alumnos de 2° año de la Tecnicatura Superior en Acompañamiento Terapéutico, haciéndose extensiva al alumnado y profesores del Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N° 60 y público en general.-                                                                               

                      Que, dicha solicitud cuenta con el aval de la Secretaria de Hacienda, Act. Ana Paula Cascallar.-

                Que, la Municipalidad de General Viamonte, ha recibido por parte del Gobierno Provincial Aportes con Afectación Específica denominados “Coparticipación Fondo Educativo- Ley 14.393”, que se percibe en forma automática, según normas establecidas por el Artículo 1°. y Cc. de la Ley 10.559, Coparticipación de Impuestos.-

              Que, de la consulta realizada por la Comuna, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, surge la posibilidad de transferir fondos a las Cooperadoras para que se hagan cargo de cubrir las necesidades y/o problemáticas que contribuyan al quehacer educacional y que a través de este sistema se pueden abordar.-

                      Por ello;

      EL Intendente Municipal del Partido;

     

 

 

D  E  C  R  E  T  A:

Artículo 1°: Otórguese a la COOPERADORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN DOCENTE N° 60 DE GENERAL VIAMONTE, en la persona de su Presidente Sr. Jorge BUFFONI, DNI. 20.033.856, un Subsidio por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500,00), por los motivos invocados en el exordio.-

Artículo 2°: La erogación que determina el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1°, deberá imputarse a:

1110100000    Departamento Ejecutivo

1110110000     Secretaria de Gobierno

20                     Gestión y Administración en Educación

5.1.7.0.              Transf. a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro

Artículo 3°: La COOPERADORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN DOCENTE N° 60 DE GENERAL VIAMONTE, deberá rendir cuentas del Subsidio recibido a la Municipalidad, a efectos de su rendición ante el Tribunal de Cuentas.-

Artículo 4°.- Comuníquese, tome razón quién corresponda, dése al Registro Oficial Municipal de Decretos, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-