Boletines/General Villegas

Decreto Nº383/19

Decreto Nº 383/19

General Villegas, 13/03/2019

Visto

El Expediente Nº 2950/19, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago del servicio de Luz, por un monto de Pesos nueve mil quinientos ($ 9.500.-) para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 58.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos nueve mil quinientos ($ 9.500.-), destinado a solventar el pago del servicio de Luz, conforme el siguiente detalle:

Apellido y Nombre

DNI

Importe

Arriola Mirian

24.487.550

$    600

Calvimonte Aguilar María

28.300.777

$    600

De Armas Susana

26.318.895

$    900

Díaz M. Isabel

17.441.044

$    900

Flores Estefania C.

38.363.738

$    600

Funes Liliana

17.441.127

$    900

García Olga

4.822.831

$    400

Giménez Eduardo

24.789.371

$    300

López Stella

30.601.730

$    600

Miño Carmen

30.447.006

$    800

Raúl Giuliana

36.682.840

$    800

Romero Lucila

37.178.417

$    900

Ruíz Silvana

28.300.824

$    500

Videla Alejandra

23.556.168

$    700

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

5 - Transferencias

Partida Principal:

1 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04 - Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62 – Asistencia Social Directa

Actividad Prog:

03 - Subsidios Varios

Importe:

$ 9.500-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.