Boletines/General Villegas
Decreto Nº 368/19
General Villegas, 11/03/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1456/19, pertenecientes a la Licitación Privada Nº 11/19 destinada a la “Provisión de mano de obra, materiales y maquinarias para la construcción de 80 nichos en el Cementerio Municipal de General Villegas”; y
Considerando
Que a fojas 124 a 127 obra el Acta de Apertura de Ofertas y las planillas de comparación de oferta.
Que la oficina de Compras interviene a fojas 128, informando que se invitaron cinco (5) proveedores, de los cuales se presentaron tres (3).
Que a fojas 129 el Secretario de Obras y Servicios Públicos informa que realizado el estudio y análisis de las propuestas, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente MARMOLERIA GIRARD S.A., en la suma de Pesos un millón seiscientos cincuenta mil ($ 1.650.000,00.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones. Por otro lado corresponde desestimar la oferta presentada por ZOMACO S.R.L. por no resultar conveniente a los intereses municipales y rechazar la oferta de BERTERINI HNOS. S.R.L. por completar la planilla de cotización N° 1573 en el valor unitario cotizando el valor del nicho y no por bloque de 80 nichos como unidad, lo que al multiplicar el costo unitario por la cantidad solicitada queda un valor inferior al importe total, debiendo realizar la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta aportada por ambos oferentes.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada Nº 11/19 destinada a la “Provisión de mano de obra, materiales y maquinarias para la construcción de 80 nichos en el Cementerio Municipal de General Villegas”, aprobada por Decreto Nº 238/19, al oferente MARMOLERIA GIRARD S.A., en la suma de Pesos un millón seiscientos cincuenta mil ($ 1.650.000,00.-), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 1456/19, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímese la propuesta presentada en la licitación mencionada en el Artículo Primero, por el oferente ZOMACO S.R.L, por no resultar conveniente a los intereses municipales.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase a las firmas que se consignan a continuación la Garantía de Mantenimiento de Oferta aportada en la licitación mencionada en el Artículo Primero, conforme el siguiente detalle:
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Obras y Servicios Públicos; cúmplase y archívese.