Boletines/General Villegas

Resolución Nº276/19

Resolución Nº 276/19

General Villegas, 27/03/2019

Visto

El Expediente Nº 7056/18, iniciado por la señora Claudia Edith Traisse, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Indumentaria para bebés y niños - Tienda”, desde el día 1 de mayo de 2018; y

Considerando

Que a fojas 14 y 15, se adjunta el Acta de Inspección Nº 6419 y Censo de Comercio e Industria Nº 6371, mediante el cual la recurrente declara no contar con empleados en relación de dependencia.

Que a fojas 17, la Dirección de Edificios Públicos suministró los datos del inmueble e indica que no registra Plano de Obra aprobado.

Que División Comercio e Inspección General interviene a fojas 24, solicitando se registre la habilitación provisoria del comercio.

Que a fojas 32 Departamento de Rentas informa que el solicitante registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado Público” y “Pavimento”.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero - Incisos 6 y 9 - Libre expedido por la oficina de Rentas y Plano de obra aprobado por la Municipalidad).

Que a fojas 36 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que atento a ello, corresponde acceder a lo requerido.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la Habilitación Provisoria de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Indumentaria para bebés y niños - Tienda”, denominación comercial “Tiendita Monerías”, perteneciente a la señora Claudia Edith Traisse, DNI N°17.884.591, Codificador de Rentas Nº  62200-02, Usuario N° 572 - Asociado N° 189 - E100 - T1R - Residenciales, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Dr. Fanin Nº 156 de la localidad de Coronel Charlone, individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección A, Manzana 81, Parcela 14, fecha de apertura 1 de mayo de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora Claudia Edith Traisse, DNI N° 17.884.591, un plazo de Ciento Ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La habilitación provisoria concedida precedentemente, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días.

ARTÍCULO QUINTO: Déjase constancia que devengará automáticamente la obligación del contribuyente de abonar la “Tasa por Alumbrado Público”, correspondiente al período transcurrido entre la fecha de apertura y el primer cobro efectivo de la misma.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, Contaduría, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.