Boletines/General Villegas
Resolución Nº 252/19
General Villegas, 18/03/2019
Visto
El Expediente Nº 7090/18, iniciado por la señora María Cristina Gallotti, solicitando la habilitación municipal anual de un vehículo, dedicado a la explotación del rubro “Remis”, desde el 12 de junio de 2018, declarando no poseer chofer; y acompañando la documentación exigida por la legislación vigente (fojas 2 a 24).
El Acta de Constatación Nº 538, mediante la cual se inspecciona el automotor y se entrega la oblea correspondiente; y
Considerando
Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que el titular ha cumplimentado parcialmente los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 4362.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación anual provisoria de un vehículo tipo SEDAN 5 PUERTAS - marca PEUGEOT - Dominio NCI724 – Modelo 207 COMPACT ACTIVE 1.4 N 5P – Año 2013 - Motor Nº 10DBSR0111936 - Chasis Nº 8AD2MKFWMEG024575, dedicado a la explotación del rubro “REMIS”, Codificador de Rentas Nº 71100-01, perteneciente a la señora MARIA CRISTINA GALLOTTI, D.N.I. Nº 13.008.057, fecha de alta 12 de junio de 2018, con domicilio particular y comercial en calle Julio A. Roca y Yanquetruz de la localidad de Banderaló, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 7090/18.
ARTÍCULO SEGUNDO: La habilitación concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO TERCERO: La Secretaría de Comercio e Inspección General, previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Primero; deberá requerir al recurrente, que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 4362.
ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, Dirección de Asuntos Jurídicos, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación y Compras; cúmplase y archívese.