Boletines/Daireaux

Decreto Nº532/19

Decreto Nº 532/19

Daireaux, 03/06/2019

Visto

El Acta Acuerdo de Cooperación – Programa de Fortalecimiento Comunitario para la Inclusión de Niños, Niñas y Adolescentes, que se suscribiera entre el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia y la Municipalidad de Daireaux, y

Considerando

Que dicho Acta Acuerdo fue autorizada por Ordenanza Nro. 2136/16 dictada por el H. Concejo Deliberante de Daireaux el día 31 de Octubre de 2016;

 

Que a través de dicho Acta Acuerdo la Municipalidad de Daireaux tomo el compromiso de la implementación del Proyecto: “Programa de Atención, Resguardo y Estrategia de Socialización P.A.R.E.S.”, destinado a niñas, niños o adolescentes de hasta 18 años de edad en situación de vulnerabilidad social, con el objeto general de ofrecer un espacio de tratamiento, contención, acompañamiento y prevención para el desarrollo integral y colectivo de los jóvenes fortaleciendo sus capacidades en lo social y afectivo, lo intelectual, lo lúdico, lo creativo y expresivo, en la promoción de un proyecto de vida comprometido con el bien común y los derechos humanos;

 

Que por otra parte, la Provincia de acuerdo surge de la Cláusula Cuarta subvencionará en la implementación y desarrollo del Proyecto  becas de la modalidad Centro de Dia, pagaderas bimestre vencido, no habiéndose recibido al día de la fecha;

 

Que dicha situación ha sido informada por la Secretaria de Desarrollo, de la que depende  el Programa Pares, solicitando se efectivice a 10 jóvenes la beca de $ 1000 que les correspondería  al mes de Mayo de 2019,  y las cuales no han podido recibir por falta de depósito de parte de la Provincia del importe establecido en el Acta Acuerdo a que se alude en forma precedente;

 

Que la Contaduría Municipal  informa la partida presupuestaria de atención del gasto, el cual se afrontará  con fondos provenientes de “Fondo Educativo 2018” – Fuente de Financiamiento 132 -;

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º. Efectivícese a los jóvenes que se mencionan integrantes del PROGRAMA PARES la suma de Pesos mil ($1000) a cada uno de ellos en concepto de beca a ser  entregada del 01 al 10 de Junio de 2019 correspondientes al mes de Mayo de 2019, por los fundamentos vertidos en los Considerandos del presente, relacionados con el Acuerdo de Cooperación – Programa de Fortalecimiento Comunitario para la Inclusión de Niños, Niñas y Adolescentes, que se suscribiera entre el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia y la Municipalidad de Daireaux – Ordenanza Nro. 2136/16 -, debiendo extenderse el cheque respectivo al responsable adulto citado para cada caso: ----

 

Nombre y Apellido

DNI Nro.

Responsable Adulto

DNI Nro.

Direccion

Damaso Rodrigo Benjamin

45.293.703

José Nazareno Damaso

05.252.656

Colombia 414

Aguirre Axel

45.569.135

Laura Aguirre

30.429.101

Totoras 1481

Troncoso Isabelina

45.569.159

Clara Soledad Coronel

28.822.639

Bonettini 639

Aguirre Santiago

45.293.781

Sandra Maricel Rodríguez

23.535.695

Álamos 467

Orellano Sasha

46.865.090

Andrea Rosello

30.429.045

Camilo Charo 45

Aguirre Estefania

45.569.101

Andrea García

26.449.370

25 de Mayo y Bolivar

Pineda Jonás Tahiel

45.621.247

Maria Celia Villarruel

25.454.557

Arturo Illia 156

Rojas Lautaro

45.621.255

Israel Rojas

05.251.469

Álamos 443

Aguirre Thiago

46.272.166

Laura Aguirre

30.429.101

Totoras 1481

Ovelar Aaron

46.272.123

María Aurelia Graham

 

San Lorenzo 1390

Galván Yonatan

45.621.228

Arzani Doris

33.221.159

Alfredo Palacios 276

Fernández Kevin

45.895.062

Fernandez Diego

31.070.887

Bonettini 698

Bravo Emiliano

45.272.179

Maria Alejandra Bravo

33.487.772

México 135

 

ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento del presente, se atenderá con cargo a la Partida Presupuestaria del Presupuesto de Gastos 2019 (Ordenanza Nº 2293/18): --

Jurisdicción 1110104000 Secretaria de Desarrollo –

Programa 18 Política Educativa Local –

Subprograma 07 Becas Municipales - 5.1.3.0. “Becas” –

Fuente de Financiamiento: 132 de Origen Provincial.-

 

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE..-