Boletines/Las Flores
Decreto Nº 1195/19
Publicado en versión extractada
Las Flores, 02/07/2019
LAS FLORES, 2 de julio de 2019.-
VISTO:
El expediente Nº 4063-2780/2011 promovido por Daniel CASAMAYOR, en el que solicita autorización para trabajar una fracción de tierra de no más de 1 hectárea cerca de su propiedad, sita en prolongación Rivadavia Norte y Vías del Ferrocarril, a fin de sembrar y alambrar el predio;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 7 obra el informe de la Dirección de Catastro de esta Municipalidad, el cual hace saber que el bien inmueble de forma irregular citado, identificado como (1) del croquis adjunto a fs. 8, forma parte, de acuerdo a título, a la parcela 3 de la Circunscripción I, Sección C, Chacra 20;
Que a fs. 9/10 se adjunta copia de la última minuta de inscripción de dominio obrante en nuestros registros;
Que a fs. 11 corre agregada la cédula de catastro parcelario rural y a fs. 12 se acompaña la consulta de titulares de dominio de la D.P.R.P.I.;
Que, lo identificado como (2) en el citado croquis de fs. 8 es calle divisoria de chacra, surgiendo que el mencionado inmueble no es tierra fiscal como alude el requirente, sino que su titularidad corresponde al dominio privado, a nombre del Sr. Juan Alberto GAIOTTI;
Que, cabe destacar que dicho inmueble se identifica con la Partida 1239 a nombre del Sr. Juan Alberto GAIOTTI y de conformidad con lo informado por la Dirección de Hacienda no adeuda tributo en concepto de Tasa por Conservación de la Red Vial al día 12 de abril de 2019;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A :
Art. 1º.- Hágase saber al Sr. DANIEL CASAMAYOR, respecto a la solicitud de =======autorización para trabajar una fracción de tierra, que: a) el inmueble de forma irregular objeto de las presentes actuaciones, identificado como (1) en el croquis de fs. 8, corresponde a la propiedad privada del Sr. Juan Alberto GAIOTTI, D.N.I. 5.249.405 y forma parte de acuerdo a título de la parcela 3 de la Circunscripción I, Sección C, Chacra 20; b) Lo identificado como (2) en el referido croquis de fs. 8, corresponde a la calle divisoria de chacra perteneciente al dominio público municipal y c) Por tales razones, la Municipalidad de Las Flores no está legitimada para conceder o denegar el permiso solicitado. Todo ello, en virtud de las actuaciones y constancias obrantes en el Expte. 4063-2780/11.-
Art. 2º.- Cúmplase, notifíquese al interesado, tome nota Secretaría de Planeamiento, ====== Obras y Servicios Públicos, a la Dirección de Catastro y dése al R.O. de Decretos del M.
Dr. PEDRO A.ELGUE Esc. RAMON CANOSA
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
DECRETO Nº 1195