Boletines/Mercedes
Decreto Nº 776/2019
Mercedes, 23/04/2019
Visto
El conflicto de circulación y tránsito que se genera en las inmediaciones del Molino Cores, y
Considerando
Que el Molino Cores se encuentra funcionando desde el año 1874 y en la actualidad a raíz del crecimiento urbano y demográfico quedo inmerso en una zona de alto tránsito.
Que los camiones estacionan y circulan por la vía pública, con el riesgo que ello conlleva teniendo en cuenta la cantidad de personas que transitan por el lugar así como los establecimientos educativos de la zona y la cercanía de las vías del ferrocarril.
Que asimismo se producen roturas en la vía pública por el peso de los camiones que deben estacionar allí.
Que desde el año 2016 (notas fechas 30/06/16, 8/08/16, 22/09/16, 15/12/2016) se solicitó al Estado Nacional la posibilidad de utilizar mediante un convenio de uso con cargo precario y temporal, los terrenos linderos al marco de estación –se adjunta croquis-, que se encuentran frente al Molino Cores, a fin de poder realizarle mejoras en conjunto que permitan descongestionar y mejorar la seguridad de la zona, principalmente en épocas de cosecha que llegan hasta 50 camiones al establecimiento.
Que en el mismo año, a raíz de usurpaciones en el terreno mencionado, se dio intervención a la justicia, logrando evitar las mismas, y a fines de 2016 se cometió un hecho de femicidio en el mismo lugar, el que aún se encuentra tramitando en la justicia de nuestra ciudad.
Que durante los años 2017 y 2018 se reiteraron gestiones, y se realizaron diversas reuniones con SOFSE y AABE.
Que se trata de un punto neurálgico de nuestra ciudad, que se debe custodiar y reguardar de posibles intrusiones, responsabilidad que asume este Municipio en pos de garantizar la convivencia social.
Que el acondicionamiento de esos terrenos permitirá alojar un aproximado de 20 camiones, de manera temporal articulado con el estacionamiento en el Parque Logístico Mercedes, lo que va a descomprimir las calles aledañas.
Que luego de infructuosas gestiones no se ha logrado el permiso de uso por parte de las autoridades nacionales, agravándose el conflicto diariamente, que perjudica a vecinos de la zona y a los que circulan diariamente.
Que la situación de extrema emergencia ha sido evaluada e informada por la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Mercedes.
Que, por todo lo expuesto precedentemente amerita la declaración de emergencia vial de la zona, procediendo al uso del predio que se detallan en anexo a fin de poder darle una solución alternativa al conflicto que se genera en inmediaciones del Molino Cores.
Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:
DECRETA
Artículo 1º: DECLARASE LA EMERGENCIA VIAL de la zona aledaña al Molino Cores, incluyendo los terrenos pertenecientes al Estado Nacional que se detallan en Anexo, identificados catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Fracción VII, Parcelas 2b y parte de 1c del marco de Estación, procediéndose a su uso precario.
Artículo 2º: INSTRUYASE a las Secretarías de Seguridad y Servicios Públicos a fin de realizar las acciones necesarias en conjunto con la gerencia del Molino Cores para llevar a cabo el presente.
Artículo 3º: HAGASE SABER a Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria SOFSE y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado.
Artículo 4º: Publíquese. Comuníquese. Dese al Digesto general. Cumplido. Archívese