Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 719/2019
Hipólito Yrigoyen, 24/07/2019
Visto
El expediente Nº 4057-827/06 y la necesidad de abonar los gastos de adquisición de alfombra ignífuga (resistente a la inflamabilidad), más el adhesivo para su colocación y;
Considerando
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece para las contrataciones directas, en su artículo 151°, un monto máximo de pesos ciento setenta y tres mil seiscientos cuarenta y uno con 00/100 (173.641,00);
Que en esta ocasión el monto a abonar por la adquisición de 140 metros cuadrados de alfombra Twist 9 color rojo 1049 resistente a la inflamabilidad más el adhesivo, es de Pesos Doscientos Un Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 ($ 201.750,00).-
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 156 Inciso 10 establece como excepción a lo prescripto en el artículo 151ª que se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos “Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado”;
Que según consta en el informe suscripto por el contador Municipal y el Director de Obras Públicas, la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado;
Que la firma TODO ALFOMBRAS de Peraldi Daniel Adrián Roberto CUIT 20-24220084-6, resulta ser la encargada de la provisión del material mencionado;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO----------------
ARTICULO 1º: Autorizase a Contaduría municipal, a abonar los gastos de adquisición de 140 metros de alfombra twist de color rojo 1049 más el adhesivo, al proveedor TODO ALFOMBRAS de Peraldi Daniel Adrián Roberto CUIT 20-24220084-6 por la suma de pesos doscientos un mil setecientos cincuenta con 00/100 ($ 201.750,00).-------------------------
ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo primero será imputado a: Jurisdicción 1110106000 – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS; 16.95.00 – REFACCION CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTIN - Fuente de Financiamiento 132 De Origen Provincial; Fondo de Infraestructura Municipal.-------------
ARTICULO 3º: Tomen conocimiento Secretaría de Gobierno, Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-------------------------------------
Jorge Cortés Martín, Arpigiani
Intendente Municipal Secretario de Gobierno y Hacienda