Boletines/Lobos

Decreto Nº474/19

Decreto Nº 474/19

Publicado en versión extractada

Lobos, 31/05/2019

Lobos, 31 de mayo de 2019.-

VISTO:

El Expediente Nº 4067-3547/2017 por el cual el Sr. José Alberto DELUCA solicita eximición del pago de la Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos, Tasa Retributiva para Servicios Sanitarios respecto a la Partida Nº 32549 y Tasa por Automotores en relación a la Chapa nº EOV 012, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Nº 2277/05, Ordenanza Nº 2825/16 y Decreto Reglamentario Nº 694/16; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ordenanza N° 2277 determina la eximición del 100% del pago de las Tasas por Servicios Generales Urbanos a los Bomberos Voluntarios que sean propietarios de viviendas únicas destinadas a habitación permanente.-

Que, mediante Ordenanza Nº 2825 se modifica el artículo 1° de la Ordenanza referida en el párrafo anterior, y se establece la eximición del pago de la Tasa Retributiva por Servicios Sanitarios y Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos en una única vivienda familiar de uso permanente, Tasa por automotores en la medida de resultar un vehículo único, Tasa por expedición de Licencias de Conductor de Clase Especial para la Categoría de Automotores de Seguridad y/o Emergencias, Tasa Estacionamiento Medido, a  los ciudadanos pertenecientes al Cuartel Central de la Sociedad Bomberos Voluntarios de la Ciudad de Lobos y sus respectivos destacamentos, conforme lo establecido en la Ordenanza Impositiva 2378 y sus modificatorias.-

Que, a fs. 28 del citado Expediente, la Secretaria de Hacienda y Producción  informa que la presente solicitud se encuadra en lo establecido por la Ordenanza Nº 2277/05, Ordenanza Nº 2825/16 y Decreto Reglamentario Nº 694/16.-

 

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

 

D   E   C  R  E  T  A

 

ARTÍCULO 1º: Exímase del pago de las cuotas correspondientes al año 2019 de la Tasa por Servicios Generales Urbanos y Suburbanos y Tasa Retributiva para Servicios Sanitarios, Partida Nº 32549, N.C: I – B - 161 – 30, y Tasa de Automotor respecto al Dominio nº EOV 012 correspondiente al Sr. José Alberto DELUCA DNI Nº 11.732.026,  por los motivos expuestos en el Primer Considerando del presente.-

 

ARTÍCULO 2º: Dése copia del presente Decreto a la Dirección de Rentas y Dirección de Informática a sus efectos.-

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

DECRETO Nº:                  474 /