Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2084/19
General Pueyrredon, 05/08/2019
Visto
el estado de las presentes actuaciones que se tramitan mediante expediente Nº 1639-9-17 Cpo.1 Alc.1 y 2, dispuesto por Resolución Nº 2403, de fecha 17 de octubre de 2017, del Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Jorge Alejandro Vicente que obra a fs. 67 del Alcance 1, por el cual se dispone la instrucción de sumario al agente Carlos Adrián Maldonado, Legajo Nº 24.245/1, y/o de todo otro agente que pudiera estar involucrado en el hecho que Maldonado percibiera una Bonificación por fallo de caja cuando en la Delegación Sierra de Los Padres y La Peregrina no existía una boca recaudatoria situación que tuviera lugar a partir del 3 de junio de 2014, y
Considerando
Que de la Documental agregada a fs. 5/11 de estas actuaciones sumariales, surge que con fecha 2 de junio de 2014 el Delegado Municipal de Sierra de los Padres y La Peregrina, Juan Carlos García, pone en conocimiento de la Tesorería Municipal que la agente Hilda Mariela Francolino, Legajo Nº 20.494/1, dejó de cumplir funciones de Cajero tanto en dicha delegación como en la Delegación Norte a partir del 31 de marzo de 2014, atento haberse dado curso favorable a su solicitud de traslado a la Casa de Mar del plata en Buenos Aires, en tanto el 16 de octubre de 2014 el Delegado García informa a la Tesorería que la Delegación no cuenta con agente recaudador, por lo que no se esta cobrando ningún tipo de tasa o sellado; con fecha 8 de octubre de 2015, el Titular de la Delegación Sierra de Los Padres no cuenta con agentes que cumplan la función de recaudadores situación que se reitera el 22 de septiembre de 2016, siendo en esa fecha la Delegada de Sierra de Los Padres y La Peregrina la Sra. Stella Maris Marinier.
Que abierta la investigación, la Dirección Sumarios realiza un pormenorizado estudio y relato de lo sucedido adunando a esta causa todo elemento de importancia a los efectos de su esclarecimiento.
Que a fs. 12 el Sr. Tesorero Municipal, Mauricio Mingo, comunica al Subsecretario de Economía y Hacienda que la Delegación Sierra de Los padres no ha informado la existencia de boca recaudadora y/o agentes que cumplan dicha función durante los ejercicios 2016-2017, razón por la cual a fs.13 se requiere a la Delegación Sierra de Los Padres se expida sobre el particular, agregándose a fs.14 respuesta del Delegado Municipal Sierra de Los Padres y La Peregrina Marcelo Carrara.
Que habida cuenta que en dicha Dependencia figura como Cajero el agente Maldonado Carlos Adrián, Legajo Nº 24.245/1, quien percibe una Bonificación Especial por Fallo de Caja (30% sueldo básico Técnico IV), por Decreto 1213/14, quien se notificó en disconformidad, y el 4 de junio de 2014 el entonces Delegado Juan Carlos García remitió una nota al Sr. Secretario de Gobierno solicitando que a la brevedad el agente Maldonado sea restituido a su cargo de Supervisor de Inspectores por haber estado en total desacuerdo con dicha designación, tomando curso administrativo por el Departamento Administrativo de Personal; la Dirección de Presupuesto, 13 y 16 de junio de 2014, y Secretaría de Gobierno en septiembre 2014, desde donde se le indica a la Dirección Presupuesto reconvertir el cargo en cuestión.
Que a fs. 84/125 obran fichas certificadas de los recibos de haberes del agente Maldonado, del período enero 2014/ octubre2017, aclarando el Director de Liquidación y Control de Haberes que el citado agente percibió la Bonificación por Fallo de Caja al 30% desde el 3 de junio de 2014 (Decreto 1213/14) hasta el mes de septiembre, dejándose de abonarle dicho concepto en octubre de 2017 al notificarse a la Dirección a su cargo la irregularidad detectada.
Que a fs. 127/145 obran informes y copias certificadas, las actuaciones remitidas por la Delegación Sierra de Los Padres y La Peregrina relacionadas con la solicitud del entonces Delegado, Juan Carlos García, de proceder a la reconversión del cargo de Maldonado, de la cual se desprendió que dicha situación nunca fue resuelta por los funcionarios a cargo de la Secretaría de Gobierno y de Hacienda hasta el 9 de diciembre de 2015, es decir, Pablo García y Daniel Hugo Pérez, respectivamente.
Que a fs. 164 comparece el agente Maldonado, haciendo uso del derecho que le otorga el artículo 18º de la Constitución Nacional, negándose a prestar declaración indagatoria.
Que con posterioridad el agente Maldonado, negó haber cometido falta disciplinaria alguna, manifestando que desde el mes de octubre de 2013 ejerce en forma ininterrumpida el cargo de Supervisor de Inspectores en la Delegación Municipal Sierra de Los Padres y La Peregrina, función que cumple hasta el 8 de enero de 2018.
Que con fecha 19 de mayo de 2014 se dictó el Decreto 1213 por el cual se le diera de alta a Carlos Maldonado en el cargo de Cajero en el Departamento Habilitaciones y Permisos Varios - Delegación Sierra de Los Padres y La Peregrina, otorgándosele una Bonificación Especial por fallo de caja del 30% del sueldo básico de la categoría de Técnico IV con treinta y cinco (35) horas semanales, notificándose Maldonado “en disconformidad” el 3 de junio de 2014.
Que fue opinión de la Dirección Sumarios que en modo alguno el agente resultaba responsable de las demoras de la Superioridad en resolver la situación laboral de Maldonado, estando este ajeno a la esfera de decisiones de los responsables de Gobierno y Hacienda.
Que habiéndose acreditado en autos que el agente Maldonado se disconformó el día 3 de junio de 2014 con la designación como cajero obrante en el Decreto Nº 1213/14; que el 4 de junio de 2014 el Delegado Municipal de Sierra de Los Padres y La Peregrina solicitó la reconversión del cargo a Supervisor de Inspectores; que a partir de esa fecha el imputado siempre cumplió tareas de inspección, y que sus superiores jerárquicos gestionaron ante la Secretaría de Gobierno y de Hacienda la regularización de la situación, la cual se soluciona con el dictado de Decreto 3003/17 del 18 de diciembre de 2017, no resultando atribuible a Maldonado la demora en que incurriera la Administración, y merituando especialmente su buen concepto tanto en lo personal como en su desempeño laboral (fs.91/91 y vta.) como que se le asignara la atención y firma del despacho del Departamento Administrativo, Habilitaciones y Permisos Varios, la Dirección Sumarios a fs. 98/102 aconsejó ABSOLVER LIBREMENTE al agente Carlos Adrián Maldonado, Legajo Nº 24.245/1, a tenor del art.35º inc. b) de la Ley 14656.
Que en virtud de las consideraciones expuestas, teniéndose en cuenta el tiempo transcurrido en el cobro de la bonificación y la falta de reconversión del cargo que no fuera reclamado oportunamente mes tras mes, hasta tener resultados, sumado a esto el hecho del perjuicio ocasionado al Municipio por no contar en el lugar con una boca recaudadora, durante tanto tiempo, la junta de Disciplina a fs. 105 y 105 vta. Por Mayoría aconsejan dar cumplimiento a lo previsto en el art.4º Decreto 3003/17, con mas la aplicación de UN LLAMADO DE ATENCIÓN al agente Maldonado Carlos Adrián, Legajo Nº 24.245/1, por aplicación del art. 35º inc. a) y art. 105º ap I) inc.a) de la Ley 14656.
Que a fs. 107 el Señor Secretario de Gobierno comparte el criterio sustentado por la Junta de Disciplina a fs. 105 y 105 vta.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decretos Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizado el presente sumario administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Aplicar UN LLAMADO DE ATENCIÓN al agente CARLOS ADRIÁN MALDONADO, Legajo Nº 24.245/1, a tenor de lo dispuesto en el art. 35º inc. a) y art. 105º ap. I) inc. a) de la Ley 14.656.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar por la Dirección de Personal y archivar estos actuados.
/sll
VICENTE