Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1377/19

Decreto Nº 1377/19

General Pueyrredon, 03/06/2019

Visto

las presentes actuaciones, y

 

Considerando

Que  mediante las mismas el Director de Coordinación Operativa y Control de Gestión solicita la designación del agente Miguel Ángel Suarez – Legajo Nº 29761/1 – como Jefe de Departamento Taller  hasta el correspondiente llamado a concurso.

 

Que es de destacar el empeño y buena predisposición que manifiesta permanentemente  el agente Suarez,  bregando a su vez para que se trabaje en un ambiente armónico  y de esta forma  lograr eficiencia y rapidez en las reparaciones, teniendo en cuenta    que los vehículos y máquinas viales son la herramienta indispensable para la labor diaria.

 

Que mediante Resolución del Presidente del Ente Nº  85/19,  se encuentra con la Atención y Firma del mencionado Departamento desde el 4 de abril de 2019.

 

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, al agente  MIGUEL ANGEL SUAREZ (Legajo Nº 29761/1 – CUIL. 20-23659599-5),  como JEFE DE DEPARTAMENTO TALLER (C.F. 1-31-00-01), hasta la realización del correspondiente llamado a concurso o hasta cuando el Departamento Ejecutivo, con opinión fundada, disponga su cese en el cargo en el cual se lo da de alta,  reteniendo el cargo de Maestro de oficio Mecánico (C.F. 6-12-71-12 – 50 hs. semanales),  dándosele por finalizado el pago de las Bonificaciones que viene percibiendo.

 

ARTICULO 2º.- Otórgase a partir de la fecha de su notificación, al agente mencionado en el Artículo 1º del presente, una Bonificación por Tarea Insalubre del CUARENTA POR CIENTO (40%), conforme a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 3º.- El agente mencionado en el Artículo 1º del presente, no genera derecho a estabilidad en el cargo en el cual se lo da de alta.

 

ARTÍCULO 4º.-  El Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, adoptará los recaudos pertinentes a fin de afectar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente.

 

ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PUBLICO.

 

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Personal del EMVIAL.

Mac.

                   SIMONI                                          ARROYO