Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1559/19
General Pueyrredon, 01/07/2019
Visto
el Expediente Nº 4374-2-19 Cuerpos 1 y 2 por el que se tramita la Licitación Pública Nº 17/19 para la “Adquisición de vehículos con destino varias dependencias municipales”; y
Considerando
Que se ha cumplido con las formalidades de licitación pública según da cuenta la documentación obrante a fojas 33 a 240 inclusive.
Que conforme lo establecido en el Art. 153º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 166º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración se efectuaron publicaciones en el Boletín Oficial (fs. 80 y 82) y en el diario El Atlántico (fs. 81 y 83) de la ciudad de Mar del Plata.
Que se remitieron invitaciones a seis (6) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de la Municipalidad conforme constancias obrantes a fojas 85/90.
Que con fecha 05 de Junio de 2019 se efectuó la apertura de sobres, recibiéndose dos (2) propuestas correspondientes a las firmas Auto del Mar S.A. y Belchamp S.A.
Que con fecha 12 de Junio de 2019 (fs. 245/246), la firma Auto del Mar S.A. presenta impugnación a la propuesta Alternativa 1 y 3 del ítem Nº 1 (cuestiona la garantía del equipamiento externo) e impugnación respecto a no manifestar precio final en todas las propuestas (originales y alternativas) y no incluir en el importe final el proporcional del concepto patente y sellado de factura; correspondientes a la presentación de la firma Belchamp S.A.
Que a fojas 247 se corre traslado a la firma Belchamp S.A. de la impugnación recibida y a fojas 248/249 la mencionada firma, presenta descargo a dicha impugnación.
Que a fojas 254 y 255, de acuerdo a la modificación impositiva anunciada por el Gobierno Nacional, mediante cédulas de notificación se les solicita a ambas firmas oferentes informen el valor unitario final de cada vehículo ofrecido, y en su caso el valor de la nota de crédito por bonificación que acompañará a la factura correspondiente a la orden de compra.
Que a foja 256 la firma Belchamp S.A. aclara que el importe ofertado incluye bonificaciones especiales y excepcionales, únicamente aplicables para esta Municipalidad, y en el caso de existir un diferimiento del pago del patentamiento (2,5% del mismo) se abonará en el mes de enero de 2020 conjuntamente con la patente respectiva.
Que a fojas 257, la firma Auto del Mar S.A., aclara que en los precios ofertados se ha contemplado la modificación impositiva, siendo estos valores los finales para el Municipio (incluyen gastos de patentamiento).
Que con fecha 21 de Junio de 2019 (fojas 258/260) se reúne la Comisión Asesora de Adjudicación para analizar las propuestas presentadas, expedirse sobre la impugnación, el descargo y conveniencias de adjudicación; y aconseja:
1.- No hacer lugar a la impugnación presentada por la firma Auto del Mar S.A. contra la firma Belchamp S.A. respecto a:
1.1.- la propuesta Alternativa 1 y 3 del ítem Nº 1: el equipamiento ofertado es externo (no es el original de fábrica), el concesionario extiende la garantía de fábrica a los mismos, considerando que la misma es indivisible e integral sobre todo el bien, conforme lo requerido por el Art. Nº 4.5.2.2. de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, por lo cual no se verifica apartamiento de las previsiones del Art. 4.5º de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.
1.2.- la cotización o precio final: según obra a fojas 218/219, en cumplimiento de los Artículos Nº 4.2.: Patentamiento y Artículo Nº 5: Del Precio, conjuntamente con la información obrante a fojas 203 cotiza (Alternativa 1 del ítem Nº 1) y a fojas 208 (Alternativa 3 del ítem Nº 1); la Comisión Asesora de Adjudicación manifiesta que la propuesta no se aparta de las previsiones del PByC.
2.- Desestimar: Las propuestas Alternativas Nº 1 y 3 del ítem Nº 1, presentadas por la firma Belchamp S.A. por no cumplir con lo exigido en el Pliego de Bases y Condiciones (poseer dos portones laterales corredizos).
3.- Declarar válidas las propuestas presentadas por las firmas Auto del Mar S.A y las propuestas original y alternativa Nº 2 del ítem Nº 1 y original y alternativa Nº 1 del ítem Nº 2, presentadas por la firma Belchamp S.A.
4.- Adjudicar por menor precio y ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones.
Que con fecha 28 de junio de 2019 la firma BELCHAMP S.A. informa nuevos valores correspondientes a su oferta que surgirían de aplicarse un diferimiento en el pago del patentamiento.
Que a foja 287 la Secretaría de Seguridad solicita adjudicar vehículos con motor diesel, justificándolo en el uso intensivo que se le dará a los utilitarios.
Que a foja 288 el señor Secretario de Economía y Hacienda solicita adjudicar la Licitación Pública 17/19 a la firma BELCHAMP S.A. a los valores informados a fojas 284/285; y autoriza la alternativa 2 del item 1 – Peugeot Partner Confort 1.6 HDI – para la solicitud de pedido 628/19 con destino a la Secretaría de Seguridad.
Que la Dirección General de Contrataciones remite las actuaciones a la Contaduría General para que efectúe el control de legalidad de su competencia y la imputación de las Solicitudes de Pedido Nº 184, 326, 517, 628 y 797.
Que la Contaduría General a fojas 292/306 realiza el control de legalidad de su competencia y las imputaciones requeridas.
Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 17/19 para la “Adquisición de vehículos con destino varias dependencias municipales”, cuya apertura de sobres fuera efectuada el día 05 de Junio de 2019 a las 12:05 horas.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase lo actuado por la Comisión Asesora de Adjudicación mediante acta de fecha 21 de Junio de 2019.
ARTÍCULO 3°.- Recházase la impugnación presentada por la firma Auto del Mar S.A. contra la firma Belchamp S.A., por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 4º.- Desestímase las propuestas Alternativas Nº 1 y 3 del ítem Nº 1, presentadas por la firma Belchamp S.A., por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTICULO 5º.- Decláranse válidas las propuestas presentadas por las firmas Auto del Mar S.A y las propuestas original y alternativa Nº 2 del ítem Nº 1 y original y alternativa Nº 1 del ítem Nº 2, presentadas por la firma Belchamp S.A.
ARTÍCULO 6°.- Adjudícase por menor precio y ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones, a la firma y por el monto que a continuación se detalla:
BELCHAMP S.A.
Monto Adjudicado: PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($11.272.500).
Ítem |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Detalle |
Costo Unitario |
Costo Total |
1 |
5 |
Unidades |
CAMIONETA – TIPO UTILITARIO – FURGON VIDRIADO – 0KM – ULTIMO MODELO Y AÑO DE FABRICACIÓN – NAFTA O DIESEL – CILINDRADA: 1400 CC. O SUPERIOR – POTENCIA: 85HP O SUPERIOR – DIRECCIÓN HIDRÁULICA ASISTIDA – FRENOS ABS – TRANSMISIÓN MANUAL O AUTOMÁTICA – 5 VELOCIDADES O SUPERIOR – PLAZAS: 5 ASIENTOS – PUERTAS: 2 PUERTAS LATERALES CORREDIZAS Y UN PORTON TRASERO – INCLUYE PATENTAMIENTO – COLOR BLANCO. MARCA PEUGEOT PARTNER CONFORT 1.6 5 PLAZAS. |
$642.500.- |
$3.212.500.- |
1 |
10 |
Unidades |
ALTERNATIVA 2: CAMIONETA – TIPO UTILITARIO – FURGON VIDRIADO – 0KM – ULTIMO MODELO Y AÑO DE FABRICACIÓN – NAFTA O DIESEL – CILINDRADA: 1400 CC. O SUPERIOR – POTENCIA: 85HP O SUPERIOR – DIRECCIÓN HIDRÁULICA ASISTIDA – FRENOS ABS – TRANSMISIÓN MANUAL O AUTOMÁTICA – 5 VELOCIDADES O SUPERIOR – PLAZAS: 5 ASIENTOS – PUERTAS: 2 PUERTAS LATERALES CORREDIZAS Y UN PORTON TRASERO – INCLUYE PATENTAMIENTO – COLOR BLANCO. MARCA PEUGEOT PARTNER CONFORT 1.6 HDI 5 PLAZAS. |
$695.600.- |
$6.956.000.- |
2 |
2 |
Unidades |
CAMIONETA – TIPO UTILITARIO – FURGON CERRADO – 0KM – ULTIMO MODELO Y AÑO DE FABRICACIÓN – NAFTA O DIESEL – CILINDRADA: 1400 CC. O SUPERIOR – POTENCIA: 85HP O SUPERIOR – DIRECCIÓN HIDRÁULICA ASISTIDA – FRENOS ABS – TRANSMISIÓN MANUAL O AUTOMÁTICA – 5 VELOCIDADES O SUPERIOR – PLAZAS: 2 ASIENTOS – PUERTAS: 1 PUERTA LATERAL CORREDIZA Y UN PORTON TRASERO – INCLUYE PATENTAMIENTO – COLOR BLANCO. MARCA PEUGEOT PARTNER CONFORT 1.6. |
$552.000.- |
$1.104.000.- |
Garantía de Fábrica: dos (2) años o 100.000 kilómetros lo que se cumpla primero, a contar desde la fecha de entrega del vehículo. Se incluye un primer servicio completo a los 10.000 kilómetros
MONTO TOTAL ADJUDICADO POR LICITACIÓN PÚBLICA: PESOS ONCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($11.272.500).
ARTÍCULO 7°.- El egreso autorizado en el artículo precedente se imputará a la partida “Equipo de transporte, tracción y elevación” del presupuesto de gastos en vigencia, conforme se detalla:
FIN./FUN |
PROG. |
INC. |
P.P. |
P.p. |
P.Sp. |
F.Fin. |
INSTITUCIONAL |
UER |
IMPORTE |
1.3.0 |
01.00.00 |
4 |
3 |
2 |
0 |
110 |
1-1-1-01-26-000 |
29 |
$642.500 |
3.4.5 |
57.00.00 |
4 |
3 |
2 |
0 |
110 |
1-1-1-01-11-000 |
13 |
$552.000 |
1.3.0 |
01.00.00 |
4 |
3 |
2 |
0 |
110 |
1-1-1-01-23-000 |
26 |
$6.956.000 |
4.3.0 |
17.00.00 |
4 |
3 |
2 |
0 |
110 |
1-1-1-01-03-000 |
3 |
$2.570.000 |
1.3.0 |
40.04.00 |
4 |
3 |
2 |
0 |
110 |
1-1-1-01-03-000 |
3 |
$552.000 |
ARTÍCULO 8°.- Fíjase el monto de la garantía de cumplimiento de contrato que deberá depositar la firma adjudicataria, conforme el Artículo 11º de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:
- BELCHAMP S.A.: $1.127.250
ARTÍCULO 9°.- Autorízase la devolución a su pedido, del depósito de garantía de oferta a la firma que no resultara adjudicataria, conforme el siguiente detalle:
- AUTO DEL MAR S.A.: recibo Nº 900-01092492.
ARTÍCULO 10º.- Autorízase la devolución, a su pedido, de la garantía de oferta una vez depositada la garantía de contrato detallada en el artículo 8º del presente Decreto según el siguiente detalle:
- BELCHAMP S.A.: recibo Nº 10098 resguardo Nº 10098
ARTÍCULO 11º.- Autorízase a pedido de parte, la devolución de la garantía de contrato estipulada en el artículo 28.2.º de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones, una vez cumplidas todas las obligaciones emergentes de la presente licitación, conforme el artículo 29.2º de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 12°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 13º- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Contaduría General, y la Tesorería Municipal.
MOURELLE ARROYO