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Decreto Nº1550/19

Decreto Nº 1550/19

General Pueyrredon, 01/07/2019

Visto

la realización del “Segundo Torneo Provincial de Padel - Categorías Ladies y Veteranos”,  y

 

 

Considerando

Que el citado acontecimiento deportivo es organizado por la Asociación Jugadores de Padel de Mar del Plata, y se realizará los días 6, 7  y 8 de julio del corriente año, en nuestra ciudad.

 

Que se disputará el Segundo Torneo Provincial de Padel – Categoría  Ladies y Veteranos, correspondiente al Calendario Oficial de Competencias 2019, de la Federación  Jugadores de Padel Amateurs y Profesionales de la Provincia de Buenos Aires (FEJUBA).

 

Que participarán aproximadamente más de quinientos deportistas de Mar del Plata y de toda la provincia. Se trata de un torneo que es puntuable y clasificatorio al Torneo Argentino, que organiza la Asociación de Padel Argentino (APA).

 

Que se espera una masiva inscripción y visita a nuestra ciudad, siendo también clasificatorio al Torneo Sudamericano de Padel Amateurs, misma categoría.

 

Que se usarán para este encuentro alrededor de treinta canchas, ubicadas en distintos puntos de nuestra ciudad, esperando una gran asistencia de personas a estos escenarios deportivos.

 

Que este Departamento Ejecutivo, por las razones expuestas precedentemente estima oportuno apoyar esta competencia declarándola de interés municipal.

 

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias sectores

      EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

     D E C R E T A

Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la realización del Segundo Torneo Provincial de Padel Categorías Ladies y Veteranos y Torneo Sudamericano de Padel Amateurs, que organizado por la Asociación Jugadores de Padel Mar del Plata (FEJUBA) y la Asociación de Padel Argentino (APA), tendrán lugar en nuestra ciudad los días 6, 7 y 8 de julio de 2019, en diferentes  canchas ubicadas en distintos puntos de nuestra ciudad.

 

Artículo 2º.- El  presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.

 

Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese y a los efectos pertinentes intervenga la Dirección de Administración y dependencias pertinentes.

 m.m.l.

                                               LOPEZ SILVA                                               ARROYO