Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1362/19

Decreto Nº 1362/19

General Pueyrredon, 03/06/2019

Visto

el trámite que cursa por expediente 12.869 - 0 - 1984, cuerpo 3; y

 

Considerando

                                                     Que el Calendario Impositivo vigente para el Ejercicio Fiscal 2019 fue oportunamente fijado por Decreto Nº 2557 del 17.12.2018, mediante el cual quedaron establecidos los vencimientos anuales y/o periódicos de las diferentes obligaciones fiscales municipales.

 

                                                     Que en relación a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, dicho instrumento estableció el día 31.05.2019 como fecha de vencimiento de la presentación de declaraciones juradas de coeficientes de ingresos y gastos para contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral del 18.08.1977.

 

Que por Resolución General C.A. Nº 3/2019 de fecha 08.05.2019 la Comisión Arbitral del referido Convenio dispuso que “…el vencimiento para la presentación anual de la declaración jurada              –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2018 operará el día 28 de junio de 2019…” (cfr. artículo 1º).

 

Que ante ello, y con el objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales ante los distintos fiscos que pesan en cabeza de dicho segmento de contribuyentes, la Secretaría de Economía y Hacienda ha estimado oportuno modificar el vencimiento oportunamente establecido por el Municipio, unificándolo con el que rige en el ámbito provincial.

 

Que asimismo, y con relación al resto de los tributos contemplados, las demoras de público conocimiento en el tratamiento legislativo de las ordenanzas fiscal e impositiva proyectadas para el ejercicio en curso obligan a adoptar ciertos cambios en el esquema de vencimientos oportunamente dispuesto, con el objeto de simplificar los procesos de liquidación y emisión.

 

                                                      Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D  E  C  R  E  T  A:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese la parte pertinente del Título “TASA POR INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE” contenido en el artículo 1º del Decreto Nº 2557/18 correspondiente al Calendario Impositivo 2019, la que quedará redactada de la siguiente manera:

 

 

TASA POR INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE

 

[…]

 

Presentación de declaraciones juradas anuales informativas correspondientes al ejercicio fiscal 2018 exclusivamente para contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral del 18.08.1977: 

 

 

 

28 de junio

 

 

 

Presentación de declaraciones juradas de coeficientes de ingresos y gastos para contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral del 18.08.1977:

 

 

28 de junio

 

         

[…]

 

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese la parte pertinente del Título “TASA DE CONTROL Y PATENTAMIENTO MOTOVEHICULAR” contenido en el artículo 1º del Decreto Nº 2557/18 correspondiente al Calendario Impositivo 2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

[…]

Segunda cuota:

20 de septiembre

Tercera cuota:

12 de noviembre

[…]

 

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese la parte pertinente del Título “CONTRIBUCIÓN PARA LA GESTIÓN SUSTENTABLE DEL AMBIENTE NATURAL Y URBANO (excepto la contribución liquidada conjuntamente con los servicios públicos de agua, cloaca, pluvial y/o el Fondo de Infraestructura, Gestión de la Calidad e Agua y el Efluente Cloacal de la ciudad de Mar del Plata)”, contenido en el artículo 1º del Decreto Nº 2557/18 correspondiente al Calendario Impositivo 2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

Primer semestre (enero/junio)

16 de septiembre

[…]

 

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese la parte pertinente del Título “TASA POR PUBLICIDAD Y PROPAGANDA” contenido en el artículo 1º del Decreto Nº 2557/18 correspondiente al Calendario Impositivo 2019 (texto s/Decreto Nº 0451/19), el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

Obligaciones de pago anual:

    15 de octubre

[…]

 

 

Obligaciones de pago cuatrimestral:

 

 

 

Primer cuatrimestre (enero/abril):

    29 de marzo

Segundo cuatrimestre (mayo/agosto)

     17 de julio

Tercer cuatrimestre (septiembre/diciembre)

15 de noviembre

 

 

Ajuste segundo y tercer cuatrimestre:

  15 de noviembre

ARTÍCULO 5º.- Elimínense los vencimientos dispuestos por los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 0828/19 para el adelanto del anticipo 2/2019 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal y para el adelanto del anticipo 2/2019 de la Contribución a la Salud Pública y el Desarrollo Infantil para contribuyentes de aquella Tasa respectivamente, los cuales serán establecidos una vez sancionadas las ordenanzas fiscal e impositivas que regirán para el referido ejercicio. 

 

ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.

 

ARTÍCULO 7º.-  Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos  intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda – Agencia de Recaudación Municipal, Dirección de Coordinación de Recursos.

 

                   MOURELLE                                            ARROYO