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Ordenanza Nº24199

Ordenanza Nº 24199

General Pueyrredon, 22/07/2019

ORDENANZA

Expediente D.E.: 10515/5/18

Expediente H.C.D.: 1616-D-19

Nº de registro: O-18537

Fecha de sanción: 18/07/2019

Fecha de promulgación: 22/07/2019

Decreto de promulgación: 1771-19

 

 

Artículo 1º.- Autorízase a la firma Grupo Fadus S.A a adoptar el plano límite  que surge del plano de anteproyecto obrante a fs 21  del expediente 10515-5-2018 Cuerpo 1 del Departamento Ejecutivo (Exp. 1616-D-2019 HCD), para el edificio destinado a vivienda multifamiliar previsto ejecutar en el inmueble sito en la calle Avellaneda nº 1630, identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección D, Manzana 294 d, Parcela 4-5 de la ciudad de Mar del Plata.

 

Artículo 2º.- NORMAS GENERALES: Cumplimentar los requisitos establecidos por el Código de Ordenamiento Territorial (COT) y en el Reglamento General de Construcciones (RGC) que no se opongan a las disposiciones particulares de la presente.

 

Artículo 3º.- APROBACIÓN DE PLANOS Y PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN: Antes de comenzar los trabajos, el recurrente deberá gestionar el permiso de construcción correspondiente ante la Dirección General de Obras Privadas, debiendo exigirse al mismo, previo al otorgamiento, el cumplimiento de las prescripciones contenidas en los artículos precedentes.

 

Artículo 4º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza n° 9.784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme a lo normado por la Ordenanza n° 14.576.

 

Artículo 5º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.

 

Artículo 6º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto n° 818/96, modificado por Decreto n° 2269/99.

 

Artículo 7º.- Comuníquese, etc.

Tonto                                                                                                Sáenz Saralegui

Paz                                                                                                    Arroyo