Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2077/19
General Pueyrredon, 05/08/2019
Visto
el expediente nº 11468/0/2017 cuerpo 01, relacionado con el predio ubicado en la calle San Martín s/n entre los numerales 4920 y 4948, designado catastralmente como Circ. 6, Secc. C, Cod. 1, Manz. 222 -E, Fracc. 00, Parcela 0006, y
Considerando
Que el Departamento de Higiene Urbana realiza la primer inspección, indicando que el predio ubicado en calle San Martín entre los numerales 4920 y 4948, entre la Avenida Juan Héctor Jara y la calle Francia, se encuentra en malas condiciones de higiene y atenta la salubridad pública.
Que con fecha 26 de Junio de 2019 fue diligenciada cédula de notificación a la Sra. Elvira Irma Molina, por la cual se intima a la higienización del inmueble en cuestión, en un plazo de diez (10) días hábiles, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ordenanza 21292, Programa Vecino Responsable.
Que con fecha 15 de Julio de 2019, el Departamento Higiene Urbana mediante Acta de Constatación nº 705484, informa que el lote se encuentra en malas condiciones de higiene al momento de la inspección, atentando contra la salubridad pública.
Que la Dirección de Dictámenes de la Subsecretaria Legal y Técnica ha dictaminado a fs. 18 vta. que “(...) esta Dirección considera que se hallan cumplidos los presupuestos impuestos en los art. 5,6 y 7 de la Ordenanza Nº 21292 y que habiéndose constatado que se encuentra comprometida la salubridad pública, siendo éste el único supuesto en que la Municipalidad está facultada a allanar domicilios de acuerdo al art. 108º inc. 5) de la L.O.M. y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires- correspondería propiciarse el dictado del acto administrativo que así lo disponga, al solo efecto de hacer cesar la afectación a la salubridad pública aludida”.-
Por ello, y en uso de las facultades delegadas,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Disponer el allanamiento del predio ubicado en la calle San Martín entre los numerales 4920 y 4948, designado catastralmente como Circ. 6, Secc. C, Cod. 1, Manz. 222 -E, Fracc. 00, Parcela 0006, por los motivos expuestos en el exordio y a los efectos de proceder por administración a la realización de los trabajos de higienización con cargo al propietario o responsable, de acuerdo a las previsiones del art. 108º inc. 5) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º.- Requerir el auxilio de la fuerza pública, si resultara necesario, con miras al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a los efectos que correspondan, tome intervención la Subsecretaría de Inspección General y el Ente Municipal de Servicios Urbanos.
MJM/da.
VICENTE