Boletines/Lincoln
Decreto Nº 2475/16
Lincoln, 29/07/2016
DISPONIENDO EL OTORGAMIENTO DE AYUDA ECONOMICA DE TRANSPORTE A ESTUDIANTES DE NIVEL TERCIARIO DE LAS LOCALIDADES DE ARENAZA Y ROBERTS DEL PARTIDO DE LINCOLN
Visto
El Programa de Becas Estudiantiles para jóvenes de Localidades de Lincoln de nivel Terciario, previsto en el Presupuesto General de Gastos vigente;
Considerando
Que la Municipalidad de Lincoln ha asumido un fuerte compromiso con la educación de la comunidad de todo el Partido de Lincoln, incentivando la continuación de estudios de nivel universitario en personas de escasos recursos;
Que con este programa se busca igualar las oportunidades para garantizar el derecho a estudiar y acompañar la trayectoria educativa de los estudiantes;
Que a los fines de lograr ese objetivo ha dispuesto el otorgamiento de una ayuda económica de transporte a estudiantes de nivel terciario de las localidades de Arenaza y Roberts del Partido de Lincoln que viajan diariamente a la ciudad cabecera, permitiéndoles así afrontar gastos necesarios para la continuidad de sus estudios;
Que la ayuda económica otorgada en esta categoría consta de una cuota $ 500 (Pesos quinientos) mensuales y será abonada desde Abril a Diciembre del corriente año;
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Dispóngase el otorgamiento de ayuda económica de transporte a estudiantes de nivel TERCIARIO de las localidades de Arenaza y Roberts del Partido de Lincoln, correspondiente al mes de Junio de 2016, de $ 500 (pesos quinientos) cada una, conforme el listado adjunto que forma parte del presente Decreto, como Anexo I.
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del artículo precedente se imputará a la Jurisdicción 1110111000 Secretaría de Cultura y Educación, Categoría Programática 20.00.00 Fondo Financiamiento Educativo, Código 5.1.3.0 Becas, Fuente de Financiamiento 132 del Presupuesto General de Gastos vigente.
ARTICULO 3º : Refrenda el Sr. Secretario de Gobierno y Gestión Pública.
ARTICULO 4º: Comuníquese a la Secretaría de Acción Social, Secretaría de Cultura y Educación, Dirección de Educación, Tesorería, Contaduría y a quien mas corresponda. Publíquese en el Boletín Oficial Municipal. Regístrese y Archívese.
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