Boletines/Lincoln

Decreto Nº2230/16

Decreto Nº 2230/16

Lincoln, 07/07/2016

DECLARANDO DE INTERES PUBLICO Y MUNICIPAL EN LO CULTURAL Y EDUCATIVO EL CICLO DE INSTRUMENTAL FOLKLORICO EN LA CIUDAD DE LINCOLN

Visto

El arte como un componente de la cultura, reflejando en su concepción los sustratos económicos y sociales, y la transmisión de ideas y valores, inherentes a cualquier cultura humana a lo largo del espacio y el tiempo;

 

Considerando

Que el Gobierno de la Municipalidad de Lincoln ha asumido en real compromiso con la comunidad del distrito, en la seguridad de que las actividades culturales y educativas permiten la participación y capacitación de la población, abarcando la totalidad de las disciplinas del arte, los oficios y la educación formal y no formal con propuestas en cogestión con diversas entidades;

        Que con este proyecto se pone en marcha el Ciclo Instrumental Folklórico   brindando el segundo sábado de cada mes (fecha de inicio sábado 13 de agosto 2016)  un espectáculo artístico, con entrada libre y gratuita, dándole la importancia que merecen estos espacios donde la espiritualidad artística y musical dan a la sociedad esa necesaria atmósfera de desarrollo humano y social tan importante para la evolución cultural de un país, a través de prestigiosos artistas linqueños y nuestro país;

       Que para su correcta puesta en marcha debe preverse gastos de folletería, luces, sonido, traslado, combustible, hospedaje, honorarios, alquiler de salas, alimentos, catering y todo aquello inherente al tema que nos ocupa;      

   

     Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declarando de Interés Público Municipal en lo Cultural y Educativo el Ciclo Instrumental Folklorico llevándose a cabo el segundo sábado de cada mes, fecha de inicio sábado de 13 de agosto del presente año.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 1110111000 del Presupuesto de Gastos Vigente y a las partidas que tomen participación en el evento. Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: Refrenda el presente decreto el Señor Secretario de Gobierno y  Gestión Publica.-

ARTICULO 4º: Comunique a los interesados, Secretaría de Cultura y Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Educación, Dirección de Compras, Tesorería, Contaduría y a quienes más corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y archívese.-