Boletines/Lincoln

Decreto Nº2228/16

Decreto Nº 2228/16

Lincoln, 07/07/2016

DECLARANDO DE INTERES PUBLICO Y MUNICIPAL EN LO CULTURAL Y EDUCATIVO EL CICLO DE CAMERATA Y ESCUELA ORQUESTA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCOLN

Visto

El arte como un componente de la cultura, reflejando en su concepción los sustratos económicos y sociales, y la transmisión de ideas y valores, inherentes a cualquier cultura humana a lo largo del espacio y el tiempo;

Considerando

Que el Gobierno de la Municipalidad de Lincoln ha asumido en real compromiso con la comunidad del distrito, en la seguridad de que las actividades culturales y educativas permiten la participación y capacitación de la población, abarcando la totalidad de las disciplinas del arte, los oficios y la educación formal y no formal con propuestas en cogestión con diversas entidades;

Que con este proyecto se pone en marcha el Ciclo de Camerata y Escuela Orquesta de la Municipalidad de Lincoln brindando el primer lunes de cada mes (fecha de inicio lunes 25 de julio 2016)  un espectáculo artístico, con entrada libre y gratuita, dándole la importancia que merecen estos espacios donde la espiritualidad artística y musical dan a la sociedad esa necesaria atmósfera de desarrollo humano y social tan importante para la evolución cultural de un país, a través de prestigiosos artistas linqueños y nuestro país;

Que para su correcta puesta en marcha debe preverse gastos de folletería, luces, sonido, traslado, combustible, hospedaje, honorarios, alquiler de salas, alimentos, catering y todo aquello inherente al tema que nos ocupa;      

                               

             

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declarando de Interés Público Municipal en lo Cultural y Educativo el Ciclo de Camerata y Escuela Orquesta de la Municipalidad de Lincoln llevándose a cabo el primer lunes de cada mes, fecha de inicio lunes 25 de julio del presente año.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 1110111000 del Presupuesto de Gastos Vigente y a las partidas que tomen participación en el evento. Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: Refrenda el presente decreto el Señor Secretario de Gobierno y  Gestión Publica.-

ARTICULO 4º: Comunique a los interesados, Secretaría de Cultura y Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Educación, Dirección de Compras, Tesorería, Contaduría y a quienes más corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y archívese.-