Boletines/Lincoln

Decreto Nº2227/16

Decreto Nº 2227/16

Lincoln, 07/07/2016

DECLARANDO DE INTERES PUBLICO MUNICIPAL LA MUESTRA DE ARTE “INFRAMUNDO” QUE SE EXPONDRÁ EN EL MUSEO DE BELLAS ARTES “MANUEL BALARINO” DEL 30 DE JULIO AL 21 DE AGOSTO

Visto

La necesidad de generar una programación y diseño de actividades educativas y culturales de interés a lo largo del año en el Museo de bellas artes “Manuel Balarino” y que responda, en cuanto a sus contenidos y formatos, a las características, fines, discursos y colecciones de la institución.

Considerando

Que es propósito de este gobierno municipal fomentar el acceso a bienes culturales, atraer público a los museos, y generar un vínculo más estrecho entre el ámbito de las artes y la población, y de esta manera generar mayor acceso a los bienes culturales;

Que el Estado Municipal debe garantizar a todos los habitantes de nuestro distrito la igualdad de posibilidades de acceso a similares niveles de calidad de competencias, saberes y valores;

Que la muestra estará a cargo del artista linqueño Alberto Brisotti;

Que la muestra se expondrá desde el sábado 30 de julio hasta el domingo 21 de agosto en la sala del Museo de Bellas Artes “Manuel Balarino” y consiste en una instalación sonora, obra digital, escultural;

Que la mencionada muestra tendrá un montaje escenográfico con la colaboración de las artistas escenógrafas Laura Muñoz y Cecilia Stanovnik y una performance a cargo del grupo de teatro dirigido por Mateo Potes;

Que para amenizar esta muestra debe preverse la erogación que demande el servicio de luces y sonido, cableados, fotografía, catering, espectáculo que inaugurará la muestra, transporte, alquiler de sillas, cámaras, impresiones, ploteos y todo lo inherente al tema que nos ocupa;

 

Que en consecuencia y por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Público Municipal la muestra de arte “Inframundo” de Alberto Brisotti que se expondrá en el Museo de Bellas Artes “Manuel Balarino” del 30 de julio al 21 de agosto.

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del decreto se imputara a la jurisdicción 1110111000 del Tesoro Municipal, de la partida de gastos vigente.

ARTICULO 3º: Refrenda el presente decreto, el Secretario de Gobierno.

ARTICULO 4º: Comuníquese a la Secretaria de Gobierno, Secretaria de Cultura y Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Educación, Dirección de Turismo, Tesorería y a quienes más corresponda.

ARTÍCULO  5°: Publíquese en el Boletín Oficial Municipal. Regístrese y Archívese.