Boletines/Lincoln
Decreto Nº 2197/16
Lincoln, 06/07/2016
DECLARANDO DE INTERES PUBLICO Y MUNICIPAL EN LO CULTURAL Y EDUCATIVO EL FESTIVAL “LINCOLN, REALIDAD TEATRAL INTEGRADA”
Visto
La necesidad de generar un espacio de expresión artística donde cada persona pueda ser valorada desde el reconocimiento de sus capacidades, un espacio teatral que promueva la diversidad, generando lazos con los artistas de distintos lugares, para que el público de nuestra ciudad pueda disfrutar de su trabajo;
Considerando
Que el Gobierno de la Municipalidad de Lincoln ha asumido en real compromiso con la comunidad, promoviendo y facilitando la participación en diversas acciones que fomenten la capacitación y formación permanente como así también incentivando el desarrollo de sus aptitudes a través de todo tipo de actividades;
Que a partir de estos objetivos, esta Administración Municipal, en forma conjunta con el T.I.I.L. (Teatro Integrado Linqueño), ha organizado el “Festival de Teatro Integrado 2016”, ya que el teatro y todos los electos que abarcan el arte aportan un amplio abanico ineludible para que las personas con capacidades diferentes puedan insertarse en su vivencias, sus emociones y sus necesidades de ser útiles a través de la ficción y la imaginación;
Que el evento se llevará a cabo los días 24, 25 y 26 de Agosto del corriente año, con la participación de Grupos de Teatro integrados de la Ciudad de Pergamino, Morón, Quilmes y nuestra ciudad, siendo la inauguración en la Plaza Rivadavia, y las actuaciones a la Sala del Cine Club Jorge Newbery y G.I.D.I;
Que para su correcta puesta en marcha debe preverse gastos de folletería, luces, sonido, traslado, combustible, hospedaje, honorarios, alquiler de salas, alimentos, catering y todo aquello inherente al tema que nos ocupa;
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declarando de Interés Público Municipal en lo Cultural y Educativo el Festival “Lincoln, Realidad Teatral Integrada” a realizarse los días 24, 25 y 26 de Agosto de 2016, en nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 1110111000 del Presupuesto de Gastos Vigente y a las partidas que tomen participación en el evento. Fuente de Financiamiento 110.-
ARTICULO 3º: Refrenda el presente decreto el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 4º: Comunique a los interesados, Secretaría de Cultura y Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Educación, Dirección de Compras, Tesorería, Contaduría y a quienes más corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y archívese.-