Boletines/Lincoln

Decreto Nº2195/16

Decreto Nº 2195/16

Lincoln, 06/07/2016

DECLARANDO DE INTERES PUBLICO Y MUNICIPAL EN LO CULTURAL Y EDUCATIVO EL  PROGRAMA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES “ACERCARTE”

Visto

El Programa cultural que recorrerá los 135 municipios del territorio provincial organizado por el gobierno provincial, “AcercArte”, a través de la Secretaria de Cultura de la Provincia de Buenos Aires;

 

Considerando

Que esta propuesta  busca generar un vínculo más cercano entre la cultura, los municipios y la gente. El programa tiene diferentes actividades para todo publico, que se desarrollan alrededor de la plaza principal o un espacio tradicional de cada sitio;           

Que el Gobierno de la Municipalidad de Lincoln ha asumido en real compromiso con la comunidad del distrito, en la seguridad de que las actividades culturales y educativas permiten la participación y capacitación de la población, abarcando la totalidad de las disciplinas del arte, los oficios y la educación formal y no formal con propuestas en cogestión con diversas entidades;

Que los días 10 y 11 de septiembre del presente año se estará  desarrollando en nuestra ciudad el programa AcercArte, y para una mejor organización y ejecución del mismo, en el transcurso del mes de julio y agosto de 2016 personal de la Secretaría de Cultura y Educación de la  Provincia de Buenos Aires estarán en  nuestra ciudad;    

Que para su correcta puesta en marcha debe preverse gastos de folletería, luces, sonido, traslado, combustible, hospedaje, honorarios, alquiler de salas, alimentos, catering y todo aquello inherente al tema que nos ocupa

 

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:             

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declarando de Interés Público Municipal en lo Cultural y Educativo  el Programa cultural provincial organizado por el gobierno provincial, “AcercArte”, a través de la Secretaria de Cultura de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 1110111000 del Presupuesto de Gastos Vigente y a las partidas que tomen participación en el evento. Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: Refrenda el presente decreto el Señor Secretario de Gobierno

ARTICULO 4º: Comunique a los interesados, Secretaría de Cultura y Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Educación, Dirección de Compras, Tesorería, Contaduría y a quienes más corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y archívese.