Boletines/Puan
Ordenanza Nº 6573/16
Puan, 28/12/2016
Corresponde al expediente Nº 439/16
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 6 5 7 3 / 1 6
ARTICULO 1°.- Determinase que las personas físicas o jurídicas respondan solidaria y/o concurrentemente por el pago de las multas establecidas como sanción para las infracciones cometidas por sus representados o dependientes, o por quien o quienes actúen en su nombre, bajo su amparo o con su autorización.
ARTÍCULO 2°.- Cuando se impute la comisión de una falta a un menor de edad, responderán solidariamente por la misma quienes se encuentren bajo su responsabilidad parental y que habiten con ellos, sin perjuicio de la responsabilidad personal y concurrente que pueda caber a los hijos.
ARTÍCULO 3°.- Determinase que las personas físicas o jurídicas respondan solidaria y/o concurrentemente por el pago de las multas establecidas como sanción para las infracciones cometidas por quien o quienes actúen en beneficio de ellas, si hubieren tomado conocimiento de su accionar, aun cuando no hubiesen actuado en su nombre bajo su amparo o su autorización.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido, archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN DE PRÓRROGA PÚBLICA, A VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.-
Firmado: GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. Stella Maris Krieger, Presidente.